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SECTOR NAVAL

La CE da el visto bueno al nuevo régimen español de amortización de bienes

Volcán de Tinamar, ferry encargado por la Naviera Armas, de 178 metros de eslora, 24,6 de manga, con capacidad para transportar a unos 1.200 pasajeros y alcanzar una velocidad de 26 nudos que estará listo para hacer diferentes conexiones en el archipiélago canario en los primeros días de junio, que hoy ha sido botado en el astillero vigués Hijos de J. Barreras. EFE/Archivo
Volcán de Tinamar, ferry encargado por la Naviera Armas, de 178 metros de eslora, 24,6 de manga, con capacidad para transportar a unos 1.200 pasajeros y alcanzar una velocidad de 26 nudos que estará listo para hacer diferentes conexiones en el archipiélago canario en los primeros días de junio, que hoy ha sido botado en el astillero vigués Hijos de J. Barreras. EFE/ArchivoEFE

La Comisión Europea (CE) dio hoy su visto bueno al nuevo régimen español de amortización anticipado de bienes adquiridos mediante arrendamientos financieros, al concluir que no puede considerarse como una forma de ayudas estatales, lo que responde a las inquietudes del sector naval.

La CE concluyó que el nuevo sistema español de amortización anticipada del coste de algunos activos adquiridos mediante arrendamientos financieros "no incluye elementos de ayuda estatal con arreglo a las normas europeas, en particular porque no es selectivo", según un comunicado de prensa.

"Después de un largo proceso de discusión, hemos podido aprobar un nuevo régimen de arrendamiento financiero compatible con las normas de ayudas de estado de la UE", señaló en el vicepresidente de la CE y responsable de Competencia, Joaquín Almunia.

El régimen presentado por las autoridades españolas "no es selectivo y permitirá responder en particular a las preocupaciones del sector naval español sin falsear la competencia en el mercado único europeo", añadió Almunia.

El nuevo sistema permite deducir fiscalmente el coste de determinados activos adquiridos mediante arrendamientos financieros desde el inicio de su construcción, sin esperar a que sean explotados comercialmente.

Estas medidas complementan así la posibilidad que ya tenían los contribuyentes españoles de acelerar la deducción de este coste en función de los pagos efectuados en el marco de un contrato de arrendamiento financiero, subrayó la CE.

El Ejecutivo comunitario concluyó que el régimen no implica ninguna ayuda estatal ya que no favorece a ciertas empresas frente a otras y se aplica por igual a los bienes fabricados tanto dentro como fuera de España.

Además, la medida es de aplicación automática y no está sujeta a la aprobación previa de la administración fiscal, subrayó el Ejecutivo comunitario.

La versión anterior del régimen de amortización anticipada de los bienes adquiridos mediante arrendamientos financieros forma parte de las medidas fiscales integradas en el Sistema Español de Arrendamiento Fiscal, que son actualmente objeto de una investigación detallada de la Comisión.

La decisión adoptada hoy permite la aplicación de la nueva medida de amortización anticipada para el futuro, y no prejuzga las conclusiones de la Comisión en cuanto a la compatibilidad de la versión anterior del régimen.

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