Finalmente, un banco malo
La creación de un vehículo para aparcar los activos tóxicos, clave para la recuperación
El marco para la definición de un banco malo para las entidades con ayudas públicas va cobrando mayor grado de definición, aceptándose que es necesario segregar los activos dañados de aquellas entidades en una situación más débil, por múltiples motivos, desde acotar las pérdidas hasta separar la gestión y poder vender en mejores condiciones el negocio bancario no dañado —sin ayudas del monto de las que hasta la fecha han acompañado las adjudicaciones de bancos intervenidos—.
Previsiblemente se traspasarán activos adjudicados, préstamos dudosos, pero también préstamos al corriente de pago y participaciones vinculados a la actividad inmobiliaria. El traspaso de activos normales permite aligerar el balance de las entidades en dificultades y poco sentido tendría hoy dejar préstamos al corriente de pago en las entidades con problemas si pensamos que el deterioro económico podría llevar a que, a la vuelta de uno o dos años, los balances de estas entidades en dificultades volviesen a tener un volumen significativo de morosos y adjudicados vinculados al negocio inmobiliario. Tampoco puede olvidarse que estos préstamos generarán rendimientos, en la forma de intereses, necesarios para que la cuenta de resultados del banco malo se sitúe en positivo.
También parece que la valoración de los activos va definiéndose de forma consistente con el objetivo que entendemos que tendría este banco malo. Si se pretende acotar y separar el problema inmobiliario y, adicionalmente, que la entidad gestora de estos activos no genere mayores costes para el contribuyente, parece razonable reconocer las pérdidas necesarias de una sola vez contra el capital de las entidades bancarias, y proceder a la recapitalización de las que sea necesario con los fondos prestados por la Unión Europea. Ello supone que los precios a los que esta sociedad comprará los activos deberán ser bajos, tan bajos como los dos decretos de saneamiento de activos inmobiliarios definen —Reales Decretos Ley 2/2012 y 18/2012—, e incluso algo más, para permitir a la sociedad contar con un colchón con el que afrontar posibles pérdidas y, sobre todo, gastos de funcionamiento.
Con el perímetro definido y estas valoraciones, y ciñéndonos a las entidades ya controladas por el FROB, el banco malo podría estar recibiendo activos con un valor bruto aproximado de 90.000 o 100.000 millones de euros y con un precio de adquisición por la sociedad de gestión de activos de unos 40.000 o 50.000 millones de euros.
A estos aspectos le añadimos algún otro ingrediente más, y podemos cerrar el círculo. El primero es una gestión activa, sin parones derivados del traspaso de los activos o de la ausencia de incentivos adecuados. El segundo, una preocupación por la economía real, intentando mantener la actividad de aquellas compañías inmobiliarias aún activas. Una medida positiva podría ser el ajuste del valor de las deudas de estas compañías al valor reconocido en la sociedad de gestión de activos, para así compensar una caída en el valor de los activos en cierta medida derivada de los saneamientos bancarios.
María López y Enrique Martín son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas AFI
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