El Santander dará liquidez a los inversores atrapados en su fondo inmobiliario
Los 44.000 inversores que se encontraban atrapados y sin liquidez en el fondo inmobiliario de Santander, Banif Inmobiliario, podrán por fin vender sus participaciones a partir del 1 de marzo de 2011. El Santander ha decidido evitar las complicaciones que hubiera supuesto la liquidación del fondo y ha decidido ofrecerse a comprar sus participaciones a los inversores durante dos años. El valor liquidativo que se aplicará a los reembolsos solicitados para la primera ventana de liquidez será el del 28 de febrero de 2011.
El fondo de inversión Santander Banif Inmobiliario tiene un patrimonio de 2.525 millones a 30 de noviembre de 2010. El Grupo Santander ha decidido aportar los recursos necesarios para poder atender los reembolsos solicitados por los partícipes, según ha informado la entidad. Con esta medida se evita la disolución del fondo, que habría tenido lugar tal como estaba previsto en el supuesto de que hubiesen transcurrido dos años desde el inicio de la suspensión, el 28 de febrero de 2009, sin haberse satisfecho íntegramente los reembolsos pendientes.
El Grupo garantizará, además, a los partícipes liquidez durante un plazo de dos años, período durante el cual se suprimirá la comisión de reembolso. Santander Real Estate, la gestora del fondo, solicitó la suspensión de los reembolsos del fondo Santander Banif Inmobiliario en febrero de 2009, al superar éstos el 10% del patrimonio y no disponer de la liquidez necesaria para atenderlos, por la imposibilidad
de materializar la venta de activos necesaria para ello.
Dicha suspensión se estableció por un plazo legal máximo de dos años, durante el cual se previó realizar una venta ordenada de activos para atender los reembolsos solicitados y, en caso de no poder realizar dichas ventas, proceder a la liquidación del fondo. Todos los partícipes que habían solicitado el reembolso recibieron en marzo y mayo de 2009 el importe correspondiente al 10% del valor de sus participaciones. A lo largo de los dos años de suspensión del fondo, la gestora ha desarrollado un plan de disposición de activos, habiéndose ejecutado ventas por un importe equivalente al 10,9% del patrimonio del fondo a 28 de febrero de 2009.
Ante la imposibilidad de atender los reembolsos pendientes con la liquidez generada en estas operaciones, la gestora y el depositario del fondo deberían acordar la disolución del mismo. Caso de haber llegado a esta situación, el procedimiento de venta de activos hubiera continuado y los reembolsos pendientes se hubieran atendido a medida que los activos se fueran vendiendo. De ocurrir así, a la incógnita del importe que fueran a recibir los partícipes se uniría la incertidumbre del plazo para recibir los reembolsos, que previsiblemente hubiera sido muy largo teniendo en cuenta la actual coyuntura del mercado inmobiliario en España.
Con el levantamiento de la suspensión de reembolsos del fondo que se realiza mediante la aportación de la liquidez necesaria por parte del Grupo Santander, los partícipes afectados por la suspensión que decidan continuar con sus reembolsos contarán con una solución que les permitirá recibir la totalidad de los reembolsos pendientes en una fecha y a un valor determinados, sin necesidad de esperar a que se desarrolle un proceso de liquidación y venta de los activos del fondo, que no permitiría conocer ni el importe ni la fecha de cobro.
Además, Santander Banif Inmobiliario recuperará su actividad ordinaria y los partícipes que así lo deseen podrán mantener total o parcialmente sus inversiones. A tal efecto, los partícipes que hubieran solicitado el reembolso en febrero de 2009 podrán revocar dicha solicitud total o parcialmente y quienes no lo hubieran solicitado podrán solicitarlo antes del 16 de febrero de 2011.
El proceso se desarrollará de acuerdo a los siguientes términos, según ha informado el Banco Santander:
"1. Desde el día 9 de diciembre de 2010 y hasta el 16 de febrero de 2011, los partícipes del fondo que lo deseen podrán revocar, total o parcialmente, sus órdenes de reembolso en la parte que no haya sido ya satisfecha. De este modo, podrán optar por mantener todo, parte o nada de su actual inversión en el fondo, ello sin perjuicio de poder pedir nuevos reembolsos en las futuras ventanas de liquidez. Grupo Santander revocará las solicitudes de reembolso correspondientes a las participaciones del fondo
de las que es titular. Igualmente, con carácter extraordinario y en el mismo plazo, aquellos partícipes que no solicitaron el reembolso de sus participaciones en 2009 podrán solicitar dicho reembolso, de forma total o parcial, si así lo desean, sin perjuicio de la posibilidad de pedirlo en las siguientes ventanas de liquidez, en caso de que decidiesen permanecer en el fondo. Los reembolsos se realizarán al valor liquidativo del fondo al 28 de febrero de 2011.
2. El próximo 28 de febrero, las correspondientes entidades de Grupo Santander solicitarán la suscripción de participaciones del fondo por el importe correspondiente al total de reembolsos pendientes que no hayan sido revocados. Según lo previsto en el Reglamento de Gestión y el Folleto del fondo, el valor liquidativo aplicable a las participaciones a suscribir por Grupo Santander será el correspondiente a dicha fecha.
3. Tras la suscripción de las nuevas participaciones por Grupo Santander, la gestora procederá al pago de la totalidad de los reembolsos pendientes cuyas solicitudes no hubieran sido revocadas. Dicho pago se hará al valor liquidativo del fondo a 28 de febrero (esto es, el mismo utilizado para la suscripción de participaciones por Grupo Santander) y utilizando los fondos aportados por Grupo Santander. El pago íntegro de los reembolsos pendientes tendrá lugar en todo caso antes del 5 de marzo.
4. Al quedar asegurado el pago íntegro de los reembolsos pendientes conforme a lo indicado, la gestora y el depositario del fondo no procederán a la disolución de éste. A partir del 1 de marzo, quedará levantada la suspensión de reembolsos y el fondo operará normalmente. Por tanto, entre el 1 y el 16 de octubre de 2011 (y, desde entonces, cada febrero y octubre tal y como está previsto en el folleto del fondo) se abrirá un periodo ordinario de reembolso.
5. Tanto la gestora como el depositario del fondo han acordado mantener a partir del 1 de marzo de 2011 y durante el plazo de 2 años previsto para la garantía de liquidez a la que se refiere el punto 7 siguiente las comisiones de gestión y de depósito rebajadas que se han venido aplicando durante el período de suspensión de los reembolsos. De este modo, durante el indicado plazo la comisión de gestión será del 0,75% y la comisión de depósito será de 0,10%. Adicionalmente, la gestora ha acordado también suprimir durante el indicado plazo de 2 años la comisión de reembolso prevista en el
Folleto del fondo, que ascendía a un importe máximo del 4%.
6. A partir del 1 de marzo de 2011, la gestora desarrollará la gestión ordinaria de los activos del fondo para asegurar el normal funcionamiento de éste, sin centrarse ya en la liquidación ordenada de dichos activos. Es intención de la gestora que la liquidez que vaya generando la actividad ordinaria y las eventuales ventas de activos se destine, inicialmente, en la medida en que la gestión ordinaria del patrimonio del fondo y el mantenimiento de un nivel adecuado de liquidez lo permitan, a reducir el
endeudamiento del fondo, incluyendo el préstamo de Grupo Santander comunicado mediante hecho relevante de 11 de mayo de 2010, con el objetivo de reducir el apalancamiento actual y situar al fondo en unos niveles de financiación acordes con la gestión ordinaria del mismo.
7. En consideración a las extraordinarias circunstancias del mercado inmobiliario, y para evitar posibles problemas de liquidez en el fondo en caso de producirse un alto número de solicitudes de reembolso en el inmediato futuro, Grupo Santander ha asumido el compromiso de garantizar la liquidez del fondo durante 2 años a partir del 1 de marzo (esto es, en los periodos de reembolso de octubre de 2011, febrero y octubre de 2012 y febrero de 2013). A tal efecto, si en esos periodos se produjesen solicitudes de reembolso que no pudieran ser atendidas con la liquidez con la que cuente el fondo
en ese momento, Grupo Santander suscribirá en cada ocasión las participaciones que corresponda para dotar de liquidez al fondo y/u otorgará financiación a éste dentro de los límites legalmente establecidos".
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