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La CE amenaza a España con una multa si no recupera en dos meses las ayudas de las vacaciones fiscales

Bruselas podrá imponer multas diarias si no se cumple el plazo de las devoluciones

La Comisión Europea amenazó hoy a España con una multa si en el plazo de dos meses no recupera las ayudas que recibieron las empresas beneficiarias en Alava y Guipúzcoa de las denominadas "vacaciones fiscales vascas", un régimen de exenciones fiscales para fomentar la creación de nuevas empresas en el País Vasco, que Bruselas declaró ilegal en 1999 y que ya ha sido derogado. El Ejecutivo comunitario exige a España que cumpla una sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE), que dictaminó que las autoridades españolas no habían recuperado las ayudas estatales ilegales concedidas por las diputaciones forales de Guipúzcoa y Alava al amparo de este régimen, pese a que así lo había exigido la Comisión en diciembre de 2001.

Aunque este dictamen del Tribunal de Luxemburgo data de 2007, la Comisión ha concluido que "España aún no ha terminado de recuperar la ayuda concedida por las provincias de Guipúzcoa y Alava".

La petición de la Comisión se formula en un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. Si en el plazo de dos meses las autoridades españolas siguen sin cumplir la sentencia, el Ejecutivo comuniario amenazó con "remitir el asunto al Tribunal por segunda vez y pedir a éste que imponga sanciones hasta que se haya recuperado completamente la ayuda". "Las sanciones pueden consistir en multas diarias, el pago de una cantidad a tanto alzado o ambas", avisó la Comisión.

"La recuperación de la ayuda que concedió a las empresas una ventaja injusta sobre sus competidores es esencial para limitar las distorsiones de la competencia en el mercado único", dijo la comisaria de Competencia, Neelie Kroes, en un comunicado.

El 20 de diciembre de 2001, la Comisión declaró ilegales los regímenes de ayudas fiscales que concedían una exención del impuesto de sociedades durante diez años a las empresas de reciente creación en las tres provincias vascas porque otorgaban una ventaja selectiva a ciertas empresas y pidió a España que recuperara la ayuda concedida al amparo de los regímenes.

En septiembre de 2007, el TUE sostuvo que España no había cumplido las obligaciones de recuperación que se imponían en estas decisiones. "España no ha presentado ningún documento que acredite, en particular, la identidad de los beneficiarios de las ayudas, la cuantía de las ayudas otorgadas y los procedimientos efectivamente incoados con el fin de recuperar dichas ayudas", señalaba esta sentencia.

El 14 de abril de 2009, la Comisión solicitó a España información sobre la recuperación de la ayuda mediante un escrito de requerimiento, que constituye la primera etapa del procedimiento de infracción por no ejecutar una sentencia. Basándose en la información remitida por las autoridades españolas, el dictamen motivado de Bruselas Comisión concluye que todavía no se ha restituido íntegramente la ayuda ilegal concedida por las provincias de Guipúzcoa y Alava.

Las denominadas "Medidas Fiscales Urgentes de Apoyo a la Inversión e Impulso de la Actividad Económica" se adoptaron en 1993 para favorecer la creación de nuevas empresas en Alava, Vizcaya y Guipúzcoa mediante la exención durante 10 ejercicios fiscales del pago del Impuesto de Sociedades a favor de estas entidades.

Para beneficiarse de este régimen, las compañías debía cumplir tres requisitos: que su capital mínimo fuera de 20 millones de pesetas, que su inversión mínima desde la fecha de su constitución hasta diciembre de 1995 ascendiera a 80 millones de pesetas y que creasen un mínimo de 10 puestos de trabajo dentro de los seis meses siguientes a la fecha de su creación.

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