El Tribunal de UE determina que la autonomía fiscal vasca encaja en Europa
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco deberá determinar si en la negociación anual del Cupo las administraciones central y vascas hacen trampa y compensan las rebajas fiscales de Euskadi
El sistema fiscal del País Vasco (Concierto Económico) encaja perfectamente en el seno de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia ha determinado esta mañana en un fallo que Euskadi cumple los tres requisitos establecidos en la sentencia del caso Azores para que un institución infraestatal tenga capacidad fiscal propia independiente de la del Estado al que pertenece. El fallo responde a una cuestión prejudicial (consulta) del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre las diferencias en el tipo del Impuesto de Sociedades en el País Vasco y en el resto de España. La única salvedad que fija la Corte europea es que debe ser el propio Tribunal el que indague si a través del Cupo se hace trampa y se produce una compensación económica de la rebaja fiscal vasca.
Los requisitos del caso Azores fijados por el propio tribunal europeo son los siguientes. El primero es que el Gobierno regional tenga un estatus constitucionalmente aceptado para dictar normas. El segundo, que el Ejecutivo central no pueda influir directamente en la elaboración de las normas fiscales. El tercero, que las autoridades regionales tengan autonomía tributaria para hacer su propia política fiscal, es decir, tipos impositivos diferentes a los del resto de España. Y, por último, que las pérdidas fiscales de una reducción de impuestos las asuma el Gobierno autonómico.
Ibarretxe: "Es un espaldarazo"
Conocido el fallo del TUE, el El lehendakari, Juan José Ibarretxe, ha manifestado, según informa Efe, su "profunda alegría" y ha afirmado que constituye un "espaldarazo" al Concierto Económico, al tiempo que ha negado que existan compensaciones del Estado en la negociación del Cupo. "El cálculo del Cupo es perfectamente claro y no existe ningún tipo de compensación", ha añadido Ibarretxe.
El origen del caso es la consulta que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco planteó a la Corte de Luxemburgo para que dilucidara si el hecho de que Euskadi tuviera deducciones diferentes y un tipo en el Impuesto de Sociedades inferior al de territorio común podía ser considerado una medida de "carácter selectivo", que beneficia a unas empresas y, por lo tanto, suponer una ayuda de Estado que precisa autorización previa de la Comisión Europea.
Derechos históricos
Han sido necesarios más de 40 procesos sobre los incentivos fiscales vascos ante el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para que, por vez primera, se trate directamente la cuestión de la capacidad o no de los territorios históricos para dictar normas de carácter fiscal diferentes de las de territorio común. Algunos de los procedimientos se encuentran aún pendientes de decisión, por ejemplo, el que dilucida la cuestión de la devolución de los incentivos a la inversión de 1993 y 1996, cuya vista se celebró en el Tribunal de Primera Instancia el pasado 17 de enero.
Ya el pasado ocho de mayo Juliane Kokott, abogada general del Tribunal de Justicia de la UE en la cuestión prejudicial dictaminó en su informe previo a la sentencia que las haciendas forales vascas podían establecer un tributo con tipo y contenidos diferentes al de territorio común, sin que pueda ser considerado una ayuda de Estado.
El pasado 28 de febrero, en la vista en el Tribunal de Justicia, se enfrentaron dos bloques que ya empiezan a ser bastante homogéneos en este combate a favor o en contra de la capacidad fiscal vasca. Por un lado, los gobiernos de La Rioja y Castilla y León, junto a la Comisión Europea. Del otro lado, el Gobierno de España, las instituciones vascas (gobierno y diputaciones), la patronal Confebask y, como ayuda de lujo, el Reino Unido e Italia. El bloque partidario de la autonomía fiscal vasca mantuvo en todo momento una posición coordinada en su defensa, enmarcando su sistema peculiar en el llamado bloque de constitucionalidad formado por la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el propio Concierto Económico.
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