Comienza el plazo para confirmar el borrador de la declaración de la renta
Hacienda ha remitido ya 1,2 millones de declaraciones. -Consulta las principales novedades del impuesto para este año
Hoy se abre el plazo de confirmación del borrador de la declaración de la renta, que hasta el 30 de marzo ha sido solicitado por 14,2 millones de contribuyentes, un 33,7% más que en la misma fecha del pasado año, según los datos de la Agencia Tributaria (AEAT).
El organismo adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda ya ha remitido 1,2 millones de borradores para su confirmación antes del próximo 30 de junio, último día de la Campaña de la Renta, salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso, el plazo acaba el 23 de junio.
De las peticiones del borrador recibidas hasta la fecha, más de 13,8 millones han sido efectuadas con la presentación del IRPF del año anterior, mientras que otras 344.662 han sido realizadas durante el mes de marzo.
Por otro lado, la AEAT prevé que a mediados de mayo se haya enviado la práctica totalidad de los borradores y datos fiscales solicitados hasta esa fecha.
El borrador podrá confirmarse, tanto si el resultado es a devolver como a ingresar, a través de la web de la Agencia Tributaria; por teléfono (901 200 345) o en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las comunidades autónomas, siempre que se domicilie el pago; y en cajeros automáticos, en las oficinas de las entidades financieras colaboradoras y por banca electrónica o telefónica, en el caso de que no se domicilie. Sólo en el caso de las declaraciones a devolver, puede realizarse la confirmación también por teléfono (901 12 12 24) o por SMS (5025).
Para confirmar el borrador, el contribuyente debe revisar los datos que en él aparecen y, si está de acuerdo, dar su aprobación, de forma que su declaración quedará presentada en ese momento. Si considera que falta algún dato y quiere completar el borrador o modificar alguno de los que aparecen, debe hacerlo antes de confirmarlo.
En el caso de modificación del borrador, ésta puede realizarse por internet, por teléfono (901 200 345), personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de las entidades colaboradoras.
Nuevos tramos
En cuanto a las novedades, la última reforma del IRPF ha reducido de cinco a cuatro los tramos del impuesto y de 45% al 43% el tipo máximo del impuesto. En el lado opuesto, quedarán exentas de tributación a las rentas de los asalariados inferiores a los 9.000 euros.
Asimismo, la reforma del impuesto que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2007 ha elevado del 15% al 18% el gravamen sobre las rentas de capital.
Según fuentes del ministerio, las modificaciones suponen una rebaja para el 99,5% de los contribuyentes (20 millones), situándose el ahorro medio en un 6%, aunque para el 60% de los ciudadanos -aquellos que declaran rentas inferiores a los 17.360 euros anuales-, la rebaja alcanza el 17%.
Del mismo lado, la reducción a cuatro del número de tramos permite que el 60% de los contribuyentes tributen a un tipo único del 24% sobre los ingresos que superen el mínimo vital, ya que, además de este recorte del número de tramos, se ensanchan los mismos, es decir, los tipos marginales se aplican sobre cuantías de rentas superiores.
A partir de este año, la cuantía del mínimo personal aumenta un 48,5%, hasta los 5.050 euros (frente a los 3.400 euros anteriores), mientras que los mínimos por hijo se incrementan entre un 20% y un 30% (hasta 1.800 euros por el primer hijo y los 2.800 euros por el cuarto), y los mínimos por discapacidad aumentan entre un 13% y un 38% (hasta los 2.270 euros para una discapacidad inferior al 33% y hasta 6.900 euros cuando supere el 65%).
Respecto a la deducción por adquisición de vivienda habitual, se establece un porcentaje único de deducción, el 15%, sobre la misma base actual, establecida en 9.015 euros anuales, con lo que la deducción anual máxima será de 1.352 euros. De esta manera, los porcentajes incrementados que existían hasta ahora en los dos primeros años tras la compra de casa con financiación ajena, desaparecen.
Planes de pensiones
En cuanto a los beneficios fiscales por planes de pensiones, la principal novedad es que se extienden las ventajas fiscales de los fondos y planes de pensiones a los productos ligados a la dependencia. Además, se recorta hasta los 10.000 euros anuales las aportaciones máximas con carácter general a planes de pensiones con derecho a deducción.
Otra de las principales novedades del impuesto es la exención total de las rentas inmobiliarias procedentes de alquileres a jóvenes menores de 35 años, con el objetivo de incrementar la oferta de pisos de alquiler destinados a este colectivo.
En este punto, hay que recordar que la ayuda de 400 euros anunciada por el presidente Zapatero en la campaña electoral está vinculada al impuesto de 2008, por lo que no afecta a la declaración de 2007, que es la que ahora se lleva a cabo.
Este año, además, la Agencia ha ampliado el ámbito de contribuyentes con posibilidad de recibir el borrador y elabora un modelo, denominado Borrador de declaración pendiente de rectificar, que no puede ser confirmado directamente, sino que es preciso que el contribuyente complete algún dato.
Principales novedades en la renta de este año
Nuevos tramos: La reforma reduce de cinco a cuatro los tramos. Además, el tipo máximo del 45% se reduce al 43% mientras las rentas de los asalariados inferiores a los 9.000 euros quedan exentas de tributación.
Tratamiento del ahorro: La tributación del ahorro se fija en un tipo único del 18%, frente al 15% anterior para las plusvalías a más de un año.
Mínimos: La cuantía del mínimo personal aumenta un 48,5%, hasta los 5.050 euros (frente a los 3.400 euros anteriores).
Desgravaciones por hijos: Se incrementan entre un 20% y un 30% (hasta 1.800 euros por el primer hijo y los 2.800 euros por el cuarto).
Discapacidad: Los mínimos por discapacidad aumentan entre un 13% y un 38% (hasta los 2.270 euros para una discapacidad inferior al 33% y hasta 6.900 euros cuando supere el 65%).
Nueva deducción por vivienda: Se establece un porcentaje único de deducción del 15% por adquisición de vivienda habitual sobre la base de 9.015 euros anuales, con lo que la deducción anual máxima será de 1.352 euros. De esta manera, los porcentajes incrementados que existían hasta ahora en los dos primeros años tras la compra de casa con financiación ajena, desaparecen.
Alquiler: El total de las rentas inmobiliarias procedentes de alquileres a jóvenes menores de 35 años quedan exentas de tributación.
Planes de pensiones: Se extienden las ventajas fiscales de los fondos y planes de pensiones a los productos ligados a la dependencia. Además, se recorta hasta los 10.000 euros anuales las aportaciones máximas con carácter general a planes de pensiones con derecho a deducción.
Amplían el plazo para las empresas
El Ministerio ha ampliado el plazo para realizar el primer pago fraccionado de las empresas -tanto a las que tributan el Impuesto de Sociedades como a las que lo hacen a través del IRPF-, que se abre hoy y que durará dos semanas más de lo previsto, hasta el 5 de mayo, para mejorar la seguridad jurídica y la neutralidad fiscal de las mismas tras la entrada en vigor de la nueva normativa contable.
Según consta en la página web de la Agencia Tributaria, los contribuyentes que deseen domiciliar el pago, podrán hacerlo hasta el 28 de abril, a pesar de que el cargo a cuenta se producirá el cinco de mayo, día que se convertirá en la única fecha para el cargo del primer pago fraccionado de las empresas, con independencia de que la presentación de la autoliquidación del pago se produzca antes o después de la modificación normativa.
Además, permitirá optar por dos métodos diferentes para calcular el importe de este primer pago: utilizando la cuota del periodo impositivo anterior o la parte de la base imponible obtenida en los tres, nueve y once primeros meses del 2008.
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