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Las comisiones por transferencias bancarias crecieron un 8% hasta mayo

Aumentan pese a las campañas de 'comisiones cero' de muchas entidades

Las comisiones que bancos y cajas cobran a sus clientes por las transferencias de efectivo crecieron en los primeros cinco primeros meses del año hasta un 8% de valor medio, según los datos hechos públicos por el Banco de España.

En cualquier caso, cabe destacar que muchas de las entidades financieras lanzaron el año pasado campañas de 'comisiones cero' y no cobran comisiones de servicio a sus clientes vinculados, en su mayor parte aquellos que tienen domiciliada su nómina con la entidad.

Las comisiones medias por transferencias sobre la propia plaza aumentaron 22 céntimos, hasta los 2,97 euros, lo que supone una subida del 8% respecto a los 2,75 que se cobraba de media a 31 de diciembre. Asimismo, cabe destacar que el máximo cobrado por transferencias se mantiene estable en los 1,5 euros, mientras que la comisión mínima se ha duplicado, desde los 0,75 euros hasta los 1,5 euros.

Las comisiones de transferencias sobre distinta plaza, por su parte, subieron un 4,23% en su valor medio, hasta los 3,2 euros, mientras que el valor máximo quedó igual y el mínimo subió un 60%, desde los 1,5 euros de diciembre de 2006 hasta los 2,4 euros de mayo de 2007.

Transferencias más baratas en 2009

El próximo 1 de noviembre de 2009 se cumple el plazo máximo para que cada uno de los Estados Miembros de la Unión Europea haya transpuesto a sus respectivas legislaciones nacionales la nueva directiva de servicios de pago, que prohibirá el sistema español de pago único y establecerá la obligatoriedad para las entidades de cobrar sólo por el servicio que prestan.

De esta forma, los bancos y cajas tendrán que aplicar las denominadas comisiones 'share' o compartidas, eliminando las comisiones interbancarias, que son el mecanismo generalizado por el que las entidades españolas se abonan entre sí los gastos generados por las transferencias.

El Banco de España ya ha expresado claramente que el resultado de aplicar la nueva normativa no puede suponer que se cobre el doble a los clientes, sino que cada entidad haga efectivo su derecho a cobrar la parte que considere oportuna por el servicio prestado.

El organismo supervisor también ha mostrado su confianza en que esta nueva normativa europea junto con la Zona Unica de Pagos europea (SEPA por sus siglas en inglés) suponga un abaratamiento en las transferencias de las entidades que aún las cobren (dentro de su propia política comercial), pues el sistema estará más informatizado y supondrá menos costes.

Por ejemplo, para hacer una transferencia lo importante ya no será contar con el nombre del destinatario, como establece la legislación actual, sino que el ordenante deberá disponer del nuevo número completo de cuenta (IBAN), que además del código de cuenta corriente tendrá cuatro caracteres más (dos letras identificativas del país y dos dígitos de control). De esta forma, cualquier error en él puede conllevar que el dinero se transfiera a otro cliente, que no estaría obligado a devolver el dinero y de lo que la entidad no tendría ningún tipo de responsabilidad.

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