El Supremo anula el traslado a Barcelona de la sede de la CMT
El Tribunal Supremo ha estimado los recursos presentados por la Comunidad de Madrid y un grupo de trabajadores y ha decidido anular el Real Decreto 2397/2004 de 30 de diciembre.
El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anuló ayer el traslado de la sede de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de Madrid a Barcelona, al estimar los recursos presentados por la Comunidad de Madrid y un grupo de trabajadores. El Supremo consideró insuficientes algunos de los informes emitidos en el procedimiento de elaboración del Real Decreto de 30 de diciembre que acordó el cambio de sede.
La sentencia se hará pública en los próximos días, así como los votos particulares anunciados por algunos de los magistrados que componen la Sala.
La Comunidad de Madrid recurrió el pasado 23 de marzo de 2005 el traslado, por considerar la decisión del Gobierno central "basada en simples motivaciones políticas de oportunidad o conveniencia". La Comunidad solicitó, como medida cautelar que fue rechazada por el Supremo, la paralización del traslado hasta que el Alto Tribunal resolviese los recursos. El cambio de sede a Barcelona se realizó hace alrededor de un año.
Por su parte, los trabajadores de la CMT recurrieron la decisión del Gobierno al entender que infringía la Ley General de Telecomunicaciones.
Acuerdo del Gobierno
La historia comenzó el pasado 30 de diciembre de 2004. En esa fecha, el Ejecutivo de Zapatero aprobó en el Consejo de Ministros el Real Decreto que trasladaba a Barcelona la sede de la CMT, en cumplimiento del acuerdo alcanzado el mes de julio de ese mismo año entre el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el entonces presidente de la Generalitat, Pasqual Maragall.
El Ejecutivo adoptó esta medida argumentando que "el cambio de sede corresponde a la lógica y principios inherentes a la naturaleza del Estado de las Autonomías". El acuerdo del Consejo de Ministros preveía que la CMT, "en el ámbito de sus competencias", adoptase las "medidas necesarias" para cambiar la ubicación de la sede a lo largo de 2005.
Recursos de los trabajadores y de la Comunidad de Madrid
Sin embargo, algunos de los trabajadores de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones no estaban de acuerdo. Un grupo de empleados interpusieron entonces un recurso ante el Supremo el 17 febrero de 2005 contra el traslado, al considerarlo "ilegal" y "nulo" ya que, según su criterio, vulnera la Ley General de Telecomunicaciones.
Por su parte, el consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, Fernando Merry del Val, presentó el 23 de marzo de 2005 un recurso contencioso-administrativo contra el traslado porque consideraba que había sido realizado "únicamente por motivos políticos" y que perjudicaba a los trabajadores, las empresas de telecomunicaciones, los contribuyentes y los usuarios.
Además, la Comunidad de Madrid entendía que la CMT es un organismo autónomo que tiene potestad para decantarse "sin presiones políticas" por el lugar de su sede. En este caso, entendían que "el sitio lógico" para ubicar el regulador es Madrid, porque es "donde están el 90% de las empresas de telecomunicaciones y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones".
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