Un juzgado condena a las operadoras de móviles a no tarificar por bloques de tiempo
El juez también ordena suprimir el "doble cobro" del establecimiento de llamada y el primer minuto completo
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid ha condenado a Telefónica Móviles, Vodafone y Amena a suprimir el "doble cobro" del establecimiento de llamada y del primer minuto completo, así como la tarificación de bloques de tiempo "que comprendan más del efectivamente consumido". Las operadoras han señalado que recurrirán el fallo.
La sentencia, del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, subraya que las operadoras "no pueden establecer mecanismos de determinación del precio que no sean transparentes y que no permitan al usuario del servicio identificar qué es lo que está pagando y por qué concepto concreto".
Las tres operadoras móviles -Telefónica Móviles, Vodafone y Amena- tienen la intención de recurrir este fallo.
Fuentes de las operadoras han señalado que la sentencia va en contra de los intereses de los consumidores porque limita su capacidad de elección, ya que la aplicación de la facturación por bloques dejaría fuera sistemas de tarificación como bonos, planes especiales o las tarifas de datos, que no tienen en cuenta el tiempo de uso del servicio.
Además, subrayaron que la sentencia "no cuestiona los precios, sino el modelo y la estructura de facturación".
Fuentes de Vodafone España, operadora que recurrirá ante la Audiencia Provincial de Madrid el fallo, aseguró en que las prácticas comerciales de la compañía "se ajustan al actual marco legal" y subrayaron que su modelo de tarifas "permite a los clientes optar por el plan de precios que mejor se adapte a su patrón de uso".
Esta decisión se deriva de una demanda interpuesta el pasado mes de septiembre por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra Telefónica Móviles, Vodafone y Amena.
Tras conocer la noticia, la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios (FACUA) ha señalado que era " una excelente noticia". FACUA, que también ha demandado a las compañías, plantea una acción de cesación para que se eliminen las cláusulas contractuales por la que las compañías facturan más segundos de los realmente consumidos.
También una acción accesoria de resarcimiento que condene a las tres empresas "a la devolución a los usuarios de las cantidades que se hubieran cobrado en virtud de las condiciones de redondeo al alza declaradas nulas desde la formalización de los contratos.
FACUA advierte que tomando como referencia los informes anuales de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), el 15% de los minutos facturados en 2004 por las compañías de móviles no se correspondieron con tiempo consumido por los usuarios y la cifra cobrada en exceso desde 1998 superaría actualmente los 7.000 millones de euros.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.