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Entrevista con Luis Pedroche

Director de la Agencia Tributaria

Luis Pedroche

El director general de la Agencia Tributaria comentará con los lectores de ELPAÍS.es y CADENASER.com la campaña Renta 2004 que ha comenzado esta semana. Pedroche ha charlado con los internautas.

1jose luis06/05/2005 11:22:14

LAS DEDUCCIONES POR VIVIENDA O CUENTA VIVIENDA QUE O BIEN SOBREPASEN EL LIMITE O NO SE PUEDAN APLICAR POR FALTA DE CUOTA ¿SON APLICABLES EN EJERCICIÓS POSTERIORES O SE PIERDEN ?

No resultan aplicables en periodos posteriores.

2Montero06/05/2005 12:03:28

Vivo todo el año fuera de España con un contrato español: ¿qué tipo de declaración debo hacer, o cuál es el principal cambio respecto a una declaración de un residente en España en el aspecto tributario? ¿Debo hacer la declaración por internet?

Puede hacer su declaración por internet si dispone de certificado de usuario, en caso de no disponer del mismo puede solicitarlo en la embajada o consulado, donde también puede presentar su declaración en papel. Si Vd mantiene la consideración de contribuyente español, por no tener la residencia fiscal en el pais donde trabaja, debe presentar declaración ordinaria o simplificada igual que cualquier contribuyente.

3ALEXANDRE GONTIJO-BRASIL06/05/2005 11:16:50

CUAL ES LA PORCENTAJE DE LAS PERSONAS QUE HACEN LAS DECLARACIONES POR LA INTERNET?

En la campaña de renta del ejercicio fiscal se presentaron , millones de declaraciones por internet, lo que representa mas del % del total de declaraciones con un incremento del % con respecto al año anterior.

4pilar prieto martin06/05/2005 11:26:01

Mas que una pregunta me gustaría que el Señor director de la A.E.A.T. me diera su opinión sobre una cuestion que me parece realmente injusta. Me refiero al trato que la ley del I.R.P.F. da a los padres separados. Cuando los hijos conviven con la madre y el padre, separado de ellos, pasa una pension alimenticia a sus hijos todos los meses, resulta que la ley solo permite aplicar las reducciones por descendientes a la madre y no al padre que también ve reducida su capacidad economica.

Efectivamente la reducción solo la aplica el conyuge con el que conviven los hijos. Sin embargo el conyuge que satisface la peensión alimentación tributa por ésta cuantía de forma separada del resto de las rentas, suavizando la progresividad del impuesto.

5joja_206/05/2005 12:06:27

Somos una pareja que no estamos casados ni nada, tenemos una cuenta vivienda en común. ¿Cómo se puede deducir las cantidades aportadas cada uno? ¿Es en mitad y mitad? Gracias

La deducción por las cantidades aportadas se reparten en función del porcentaje de titularidad de cada uno en la cuenta.

6iñigo06/05/2005 11:21:33

Estimado Sr Pedroche, me podría decir en que casilla de la declaración del IRPF de este año, renta de 2004, hay que apuntar los pagos que hace el inquilino al propietario y, por ende, se refleja en las desgravaciones a favor del declarante, Gracias

Hola Iñigo, la novedad de la campaña de este año es que debe identificarse si el domicilio es vivienda en propiedad o en alquiler y la identificación del inmueble a través de la referncia catastral, en este caso no hay que consignar los pagos realizados al arrendador. Solo en caso de que tenga derecho a la compensación fiscal por arrendamiento de vivienda habitual (contratos de alquiler anteriores a //) o alguna de las deducciones aprobadas por las Comunidades Autónomas.

7abadia06/05/2005 11:35:23

Admirado Sr Pedroche, por qué se obliga al inquilino a que declare las rentas que paga por la vivienda en alquiler en que vive si luego no se produce ningún tipo de desgravación. ¿ No cree usted que la información fiscal que otorgamos los inquilinos debería agradecerse con algún tipo de desgravación fiscal ? Gracias

No existe obligación de declarar las rentas satisfechas al arrendador, salvo que exista derecho a deducción autonómica o a la compensación fiscal, como ya he comentado en una respuesta anterior. La novedad de este año es la identificación de la vivienda a través del nº de referencia catastral.

8SPEDY06/05/2005 11:28:41

¿Por qué ciertas ayudas y/o subvenciones (p.e. por adquisición de VPO) deben ser incluidas como incrementos patrimoniales? Además no están sujetas a retención, por lo que la sopresa puede ser muy grande.

Para corregir la progresividad que estas rentas pueden ocasionar la norma permite imputarlas por cuartas partes en el año en que se perciben y en los tres siguientes.

9spedy06/05/2005 11:30:11

¿Cómo es posible que se exija de forma general cumplimentar la referencia catastral de los inmuebles cuando algunas nuevas construcciones tardan más de 2 años en ser dadas de alta en el Catastro?

En estos casos, que deben ser supuestos excepcionales, la Agencia Tributaria tendrá en consideración esta circunstancia.

10JOAQUIN NAVARRO06/05/2005 11:33:08

¿Tiene la Agencia Tributaria algún plan para luchar contra el fraude inmobiliario que ha hecho que en los últimos años los únicos que puedan comprar viviendas sean los que tienen una buena bolsa de dinero negro o aquellos que se arriesguen a hipotecarse durante los próximos treinta años?

11yosi06/05/2005 11:13:21

Buenas días!! Para cuando se van a poner duros con la gente que defrauda a hacienda, sobre todo a los autónomos? Empiezo a estar un poco harto de que los asalariados seamos los únicos que cumplimos puntualmente con ustedes todos los años.. Gracias de antemano.

12mode06/05/2005 11:10:38

Una declaracion con derecho a devolución, entregada hoy en un banco cualquiera,¿Cuanto tiempo tardará en ser tramitada y devuelto el dinero por la agencia tributaria ?

El plazo medio será de días, aunque un gran porcentaje se devolverá en un plazo inferior. Las declaraciones que presenten por Internet se devuelven en un plazo medio de una semana.

13Pedro06/05/2005 11:38:06

Cuando sólo se tienen rentas procedentes de un alquiler ¿hay que hacer la declaración? ¿Existe en este caso un mínimo exento?. Gracias.

Sí, tiene que presentar declaración. Tiene derecho a la reducción por el mínimo personal y familiar que le corresponda y además si se trata de alquiler de vivienda los rendimientos una vez descontados los gastos tienen una reducción del .

14warko06/05/2005 11:45:56

¿Por qué la Agencia Tributaria sólo controla los rendimientos de los que tiene información y no los ingresos de los profesionales, de los bares, de los que cobran parte en blanco y parte en negro?

El Plan de prevención del fraude fiscal centra su estrategia en la detección de los ingresos y rentas no declarados. Para ello, está impulsando unidades de investigación que permitan mejorar la eficacia en materia de control tributario.

15GODI06/05/2005 11:54:54

He confirmado el borrador con datos erroneos que me beneficiaban.¿Debo presentar declaración complementaria para corregirlos? ¿Tendré penalización? Saludos

Debe presentar declaración complementaria y como está en plazo de campaña no tendrá ninguna penalización. Saludos.

16Alberto06/05/2005 11:40:26

Buenos días Alberto, existen procesos sistemáticos de cruce de la información de que dispone la Agencia Tributaria procedente de diversas fuentes y si se detecta alguna incoherencia se inicia un procedmiento de comprobación e investigación.

17eva06/05/2005 11:43:47

¿Cuánto tiempo tarda el borrador en llegar a casa?

A día de hoy hemos enviado más de cuatro millones de borradores y continuamos enviando borradores a un ritmo de medio millón semanal.

18Antonio06/05/2005 11:49:03

Sr.Pedroche, ¿son los intereses de demora los mismos para los que devuelven las cantidades deducidas por cuenta vivienda (al sobrepasar el plazo y no adquirir la vivienda) que para aquellas personas que defraudaron y no realizaron declaracion cuando debieron o la realizaran de forma incorrecta? en caso de ser asi ¿no cree que es un trato injusto??

Hola, Antonio. Los intereses de demora son los mismos cuando los debe abonar la Agencia Tributaria que cuando los exige. En el caso del fraude descubierto se impone sanciones tributarias además de exigir el correspondiente interés de demora.

19Raúl06/05/2005 12:09:13

Hola. ¿Para cuándo un gobierno que no entre en la carrera de bajada de impuestos?, comportamiento reincidente gobierno tras gobierno. La última propuesta fiscal es reducir -una vez más- el número de tramos, que beneficia a las rentas más altas. Además, ¿qué me pòdría decir del trato discriminatorio, a efectos de deducción, que recibimos los que vivimos de alquiler porque no queremos o no poodemos meternos en una hipoteca? Un saludo.

Como ya he comentado anteriormente las cuestiones que plantea podrán ser analizadas en la próxima reforma fiscal. A la Agencia Tributaria le corresponderá aplicar el sistema tributario que finalmente resulte aprobado por el Parlamento.

20Alba06/05/2005 11:53:08

Hola. Este Gobierno, por fin, ¿va a atreverse a entrar en los beneficios de las rentas del capital elevando su fiscalidad? Muchas gracias.

El Gobierno y Parlamento serán los que deban decidir sobre ésta y otras cuestiones en la próxima reforma fiscal. La Agencia Tributaria es el órgano que tiene encomendada la aplicación del sistema tributario pero no su diseño.

Mensaje de Despedida

Muchas gracias a todos por su participación. Lamento no haber podido contestar a todas las preguntas por falta de tiempo. pero en todo caso tienen a su disposición los servicios de ayuda y asistencia que presta la Agencia Tributaria: oficina virtual www.agenciatributaria.es, renta información 901 335533 y renta asistencia 901 200345. Un saludo.

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