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La presidencia irlandesa atiende la demanda de Berlín y París sobre el Pacto de Estabilidad

El borrador limita el poder de Bruselas para la aplicación de los criterios económicos

La presidencia irlandesa ha atendido parcialmente la demanda de Alemania, Francia, Italia, y otros países, para que la futura Constitución de la UE no refuerce el poder de la Comisión Europea a la hora de supervisar el cumplimiento del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. La noticia se conoce en la víspera de la cumbre europea de mañana.

La presidencia ha enmendado el artículo sobre déficit públicos excesivos -superiores al 3% del PIB- de forma que la Comisión siga limitándose a plantear una "recomendación", y no una "propuesta" como preveía el borrador inicial, en el momento de definir las medidas correctivas que debe adoptar el Estado incumplidor y el plazo en que debe aplicarlas.

El matiz semántico tiene consecuencias prácticas, ya que para modificar una recomendación, basta con reunir la mayoría cualificada del Consejo de Economía y Finanzas (Ecofin)-como ocurrió en noviembre de 2003 cuando se suavizaron los procedimientos a Francia y Alemania-, mientras que para alterar una propuesta, es necesaria la unanimidad del Consejo.

En cambio, la presidencia preserva la facultad de la Comisión de plantear "propuestas" al Ecofin cuando toque determinar si un país incurre o no en déficit excesivo.

La semana pasada, los ministros de Exteriores de Alemania, Italia, Grecia y Polonia -todos con problemas de déficit excesivo- escribieron una carta a la presidencia irlandesa donde pedían que la Constitución sólo otorgase a la Ejecutivo comunitario la capacidad de hacer "recomendaciones". Reino Unido, Francia y República Checa se sumaron a la iniciativa en la reunión que la Conferencia Intergubernamental celebró el pasado lunes. En cambio, Austria, Bélgica, Luxemburgo y Holanda, expresaron su rechazo.

La propuesta de la presidencia, que será debatida por los Jefes de Estado y de Gobierno en la decisiva cumbre que empieza mañana, sólo atiende parcialmente la demanda de los Estados incumplidores, en aras de suscitar el consenso del Consejo Europeo.

La enmienda sobre déficit excesivo se incluye en el apartado de propuestas donde la presidencia aún no aprecia un consenso consolidado entre los países miembros.

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