Del Nido evita la cárcel hasta que el Supremo revise el 'caso Minutas'
La Audiencia impone las medidas cautelares más leves al presidente del Sevilla
El abogado y presidente del Sevilla, José María del Nido, y el exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz eludieron ayer, de momento, el ingreso en prisión. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga decidió ayer imponer las medidas cautelares más leves para los principales condenados por el llamado caso Minutas, el expolio de 2,7 millones de euros de las arcas municipales marbellíes entre 2003 y 2007 mediante la presentación, por parte de Del Nido, de facturas por servicios jurídicos que no se prestaron de forma efectiva.
La Audiencia Provincial optó por no ordenar el ingreso en prisión provisional de Del Nido y Muñoz, tras su condena en primera instancia a siete años y medio de prisión, como solicitó el pasado lunes el fiscal anticorrupción, Francisco Jiménez Villarejo. La sala, presidida por el magistrado emérito Carlos Prieto, dejará que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre los recursos contra la condena que ya han interpuesto los principales procesados.
Del Nido y Muñoz solo deberán avisar de viajes y cambios de domicilio
En un auto -resolución judicial- de 12 páginas, la Sección Tercera de la Audiencia malagueña impone a todos los condenados -Del Nido, Muñoz y otras siete personas- las medidas cautelares más leves posibles con la excepción de la ausencia total de medidas. Todos ellos deberán comparecer ante la Audiencia "cuantas veces fueran citados para ello"; estarán obligados a comunicar "cualquier cambio de domicilio que efectúen", y deberán informar de cuantas salidas (y entradas) realicen fuera del territorio nacional.
En el auto, bastante más benévolo que la sentencia condenatoria, no queda ni rastro de las duras medidas reclamadas por el ministerio público: ni ingreso en prisión provisional, ni la alternativa de la prestación de una fianza de hasta medio millón de euros. El tribunal ni siquiera ha considerado necesario retirar el pasaporte a los principales encausados.
El fiscal había basado su petición de medidas cautelares en los dos principales supuestos contemplados para ello por la ley: el riesgo de fuga de los encausados y el peligro de "reiteración delictiva". Esos dos factores fueron rechazados más o menos tajantemente por el tribunal.
La sala señala que aunque "nunca puede descartarse la posibilidad" del riesgo de fuga de los condenados, este no justifica que se imponga la medida "excepcional" de la prisión provisional. Para el tribunal, el hecho de que ni durante la fase de instrucción ni durante el juicio las acusaciones no hayan tenido la necesidad de solicitar la prisión provisional supone "un indicio claro de ausencia o minusvaloración del riesgo de fuga".
Además, estima la sala, "ha quedado probado el arraigo" de los condenados a sus lugares de origen, lo que hace "improbable su fuga". De hecho, durante la vista celebrada el pasado lunes para estudiar las posibles medidas cautelares, Del Nido llegó a aportar documentación del Sevilla FC para acreditar su arraigo en la capital hispalense.
La sala descarta completamente la posibilidad, apuntada también por el fiscal, de que los condenados vuelvan a delinquir: "Los condenados no han tenido causas penales abiertas por hechos posteriores a la fecha en que abandonaron su relación con el Ayuntamiento de Marbella, hace más de ocho años, y en la actualidad ninguno de ellos se encuentra en situación de repetir las conductas delictivas por las que se les ha condenado", se afirma en el auto.
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