Los servicios mínimos de TVG en huelga fueron ilegales
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado los servicios mínimos impuestos en la TVG y en la Consellería de Educación durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010, que fijó un decreto de la Consellería de Presidencia. UGT impugnó en su momento los servicios mínimos impuestos en ambos departamentos de la Administración, así como en la Consellería de Sanidade, por su falta de motivación y de proporcionalidad.
La sentencia de la Sala de lo Contecioso-Administrativo del TSXG estima que a priori no existe ninguna actividad productiva que en sí misma pueda considerarse como esencial y que el decreto impugnado por UGT -que se tomó como referencia para imponer los servicios mínimos ante la falta de acuerdo entre la Administración y las centrales convocantes de la huelga- incurre en un "déficit de expresión de la ponderación de los factores y criterios tenidos en cuenta para fijar servicios mínimos". La Administración, según la sentencia, está obligada, de no existir acuerdo entre las partes, a justificar y motivar razonadamente la necesidad del servicio y "la proporcionalidad de la restricción del derecho fundamental de los trabajadores a la huelga".
UGT impugnó también los servicios mínimos impuestos con motivo de la citada huelga general en el ámbito de la Consellería de Sanidade, aún pendientes de resolución judicial. La central sindical considera "sumamente vergonzoso que actitudes prepotentes y despreciativas de derechos fundamentales de los trabajadores lleven a la Administración gallega a ser condenada otra vez, aunque tarde, y a anular por injustas decisiones impuestas sin buscar el consenso".
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