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Cambian las tornas

Hasta hace pocos meses, la deuda pública española era, a ojos de los inversores, un "refugio conservador". Ofrecía seguridad y, a cambio, su rentabilidad era, al menos comparativamente respecto a otros activos financieros, inferior. Junio 2011: tipo de las letras a 12 meses: 2,73%; rentabilidad de las obligaciones a 10 años: 5,37%. En las mismas fechas, los depósitos se remuneraban a un año por encima del 3,25%; excepcionalmente, al 4%. Los fondos de inversión ofrecían una rentabilidad media anual del 2,42%; a 10 años, los emergentes superaban el 7%.

Desde entonces, las tornas han cambiado. La seguridad de la deuda pública española no es ya tanta, al menos a ojos de los mercados (inversores en general), que exigen rentabilidades más elevadas (prima de riesgo). El Tesoro pagó en la última subasta de letras a 12 meses un tipo marginal del 5,2%; para las obligaciones a 10 años, este quedó en el 7,09%. Por su parte, los depósitos, gracias al respaldo del Fondo de Garantía de Depósitos, han ganado, al menos relativamente, en seguridad. Hoy ya se ven pocos rendimientos por encima del 3%. En los fondos de inversión: desde ganancias cercanas al 5% hasta pérdidas por encima del 13%.

¿Se ha convertido la deuda pública en una más que seria competencia en términos de rentabilidad financiera respecto a depósitos, fondos de inversión...? Si solo se miran los números de rentabilidad, indudablemente sí. Si se tiene en cuenta el riesgo que se asume en unos y otros productos, la respuesta es un depende de cómo se valore precisamente ese riesgo. ¿Es ahora la deuda pública un mejor destino para el ahorro frente, por ejemplo, a la amortización de una hipoteca? Los números vuelven a ser importantes: una hipoteca con un saldo vivo de 100.000 euros. Firmada a 25 años después de 2006. Tipo de interés actual: 3%. Cuota mensual: en torno a los 475 euros. Ingresos extraordinarios de 5.000, 10.000 euros... Si se destinan a amortizar hipoteca se consiguen reducir las cuotas y optimizar la deducción fiscal, llevándola al límite del 15% sobre 9.015 euros (hasta 1.352 euros de ahorro de impuestos). Rentabilidad global: en el entorno del 6%. Obligaciones a 10 años: de salida, un 7%. Adicionalmente, con los intereses percibidos anualmente se pueden amortizar cantidades adicionales de hipoteca y lograr así la máxima deducción. De nuevo, todo depende de la confianza de cada uno.

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