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El juez rechaza el último intento de Camps para evitar el juicio con jurado

El magistrado destaca los indicios de que el cohecho se cometió en Valencia

Ignacio Zafra

Agotados todos los recursos, la única vía que les queda a Francisco Camps y a Ricardo Costa para evitar ser juzgados por un jurado integrado por nueve vecinos de Valencia es acudir al tribunal y confesar el delito del que están acusados: haber aceptado prendas de vestir por valor de 14.000 euros, en el caso del expresidente de la Generalitat, y de 7.300 euros, en el caso del ex secretario general del PP regional, regalados por la trama Gürtel, la cual, según la investigación, saqueó mediante distintos métodos las arcas autonómicas a lo largo de cinco años. El juez del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano Juan Climent rechazó ayer en un auto los últimos intentos de los imputados para eludir el jurado en el caso de los trajes. La causa queda solo pendiente de que el magistrado señale la fecha del juicio, ya que contra su resolución no cabe recurso.

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Camps había pedido ser juzgado por el Tribunal Supremo al considerar que en caso de haber cometido el delito de cohecho pasivo impropio este habría tenido lugar en Madrid. Su abogado alegó que ni el juez instructor, José Flors, ni las acusaciones habían hecho referencia a que el cohecho se hubiese cometido en Valencia. "Tal argumentación no puede ser acogida", respondió ayer el magistrado Climent, "por cuanto, por el contrario a lo afirmado por esta parte, del escrito de acusación del ministerio fiscal (punto 1) resulta que la atribución de la recepción de las prendas de vestir a todos los acusados (incluido por tanto el acusado don Francisco Enrique Camps Ortiz) se ubica en Valencia, en los domicilios de los acusados, en la sede de Orange Market, o en el propio domicilio de Álvaro Pérez, por tanto en la ciudad de Valencia".

No solo eso. De la propia declaración judicial de Camps y de las realizadas por el sastre José Tomás "se infiere indiciariamente que el lugar de entrega de las prendas de vestir se ubica en Valencia, sin que conste por el contrario acreditado por la defensa lo afirmado de contrario", añade el magistrado.

Costa había solicitado que lo juzgaran tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia alegando que el procedimiento del jurado solo es aplicable a los funcionarios y no a quienes como él (diputado autonómico) ostentan el rango de autoridad. El juez rechazó tal razonamiento (que las acusaciones habían calificado de "filibusterismo jurídico") al señalar que la redacción legal utiliza "indistintamente" los términos autoridad y funcionario.

El magistrado tampoco aceptó las alegaciones de indefensión y violación de derechos fundamentales alegadas por los acusados. Climent defendió la labor del juez Flors durante la instrucción e indicó que ni el auto de apertura de juicio oral (que precipitó en julio la caída de Camps como presidente valenciano) pecó de falta de motivación, ni se aplicó equivocadamente el artículo 426 del Código Penal vigente en el momento de los hechos. Flors ya dijo en su momento que a Camps, Costa, Víctor Campos y Rafael Betoret (los dos últimos, ya condenados) se les aplicaba la anterior redacción del Código Penal por ser más favorable para ellos. En la versión actual el cohecho pasivo impropio no se castiga solo con una multa sino que lleva aparejadas, además, las penas de prisión y suspensión de cargo público.

El juez sí aceptó, en cambio, ampliar el juicio respecto a la forma en que la red mafiosa abonaba supuestamente las prendas vestir en los establecimientos, como reclamaba la Fiscalía Anticorrupción. Se añade, en concreto, una transferencia bancaria realizada por la red Gürtel el 22 de julio de 2008 mediante la cual habría pagado los 348 euros que costaban las cuatro corbatas que recibió Camps. El expresidente aceptó en total, presuntamente, 25 prendas de vestir, de las que 12 eran trajes.

El juez dejó la decisión sobre la petición de nuevas pruebas realizadas por las partes para el auto de hechos justiciables, que dictará próximamente y contendrá la fecha del juicio. Las fuentes jurídicas consultadas consideraron prácticamente imposible que el juicio se celebre, en todo caso, antes de las elecciones generales del 20 de noviembre.

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Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.
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