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DEPORTES

La UE agita los derechos del fútbol

El Tribunal de Luxemburgo considera legal el uso de descodificadores extranjeros - Abre el debate sobre la comercialización de exclusividades

Rosario G. Gómez

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada ayer abre incertidumbre sobre los derechos televisivos del fútbol. Los jueces consideran que las normas que prohíben la venta de descodificadores o tarjetas en países distintos a los de origen restringen el derecho fundamental de la libre prestación de servicios transmisión y son contrarias a la competencia. Por eso se oponen a cualquier prohibición para "importar, vender o usar" tarjetas adquiridas en el extranjero destinadas a sintonizar las señales de los partidos de la Premier League. Entienden también que comercializar competiciones país por país consolida mercados nacionales y, por tanto, puede ir en contra del derecho comunitario, que se basa en un mercado único.

El balompié no se puede acoger al derecho de autor, según la sentencia

La UE abre la puerta a que los aficionados puedan ver fútbol con descodificadores adquiridos en cualquier país de la Unión, aunque el fallo se refiere solamente a partidos de la Liga inglesa. Detrás de esta disputa judicial está la propietaria de un pub de Portsmouth (Reino Unido), que usó una tarjeta griega para descodificar las señales del operador Nova, más barata que la que comercializa en Reino Unido la plataforma Sky, titular de los derechos. La suscripción griega costaba 125 euros y la británica, 500.

El pub fue demandado por la Federación Inglesa de Fútbol y afrontó cuantiosas multas. Pero el Tribunal de Luxemburgo deja claro que "un sistema de licencias para la retransmisión de partidos de fútbol que concede a los organismos de radiodifusión una exclusividad territorial para cada Estado miembro y que prohíbe a los telespectadores ver estas emisiones con una tarjeta descodificadora en los otros Estados miembro es contrario al derecho de la Unión", señala la UE en un comunicado.

La sentencia abre el debate sobre el alcance de las exclusividades en las que se asienta el actual modelo de explotación audiovisual de los eventos deportivos.

Algunos operadores entienden que con esta decisión, los jueces buscan fomentar la creación de un mercado único en el ámbito de la retransmisión de este tipo de contenidos. La sentencia sostiene que una normativa nacional "que prohíbe importar, vender o utilizar tarjetas descodificadoras extranjeras es contraria a la libre prestación de servicios" y "no puede justificarse ni con el objetivo de proteger los derechos de propiedad intelectual, ni con el objetivo de incentivar la presencia de público en los estadios de fútbol", explica la Unión Europea.

La sentencia no cuestiona la concesión en sí de licencias exclusivas para difundir la Premier, pero sí los acuerdos que firman los dueños de los derechos y los operadores para acotar el ámbito territorial de los contratos. La UE, de hecho, prohíbe las exclusividades territoriales absolutas que impiden las ventas "pasivas" en los Estados miembro. Eso significa que un aficionado puede contratar un descodificador o una tarjeta para un domicilio fuera de su país, pero el dueño de esos derechos no puede promover activamente este tipo de contrataciones.

El tribunal rechaza que se invoquen derechos de autor, tal y como pretendía la Premier League, ya que darle patadas a un balón no se puede considerar una creación intelectual. Pero sí estaría protegida la sintonía oficial de la competición, un contenido por el que los pubs deberían pagar derechos de autor.

Esta sentencia resuelve una cuestión prejudicial planteada por la justicia británica para dilucidar si es compatible la aplicación de determinadas normas nacionales con el derecho comunitario. Y ahora serán los jueces británicos los que tengan la última palabra.

Partido de la Premier entre el Chelsea y el Liverpool.
Partido de la Premier entre el Chelsea y el Liverpool.TOBY MELVILLE (CORDON PRESSS)

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