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La policía incumplió su obligación legal de identificarse el Día da Patria

Un observatorio de libertades civiles critica la "desproporción" de los efectivos

Las unidades de antidisturbios de la policía nacional desplegadas en Santiago durante el 24 y el 25 de julio incumplieron "de forma generalizada" sus propios protocolos de identificación. Este hecho y "el desproporcionado dispositivo" en relación al número de manifestantes presentes en las convocatorias de organizaciones independentistas "con actividad pública y de carácter pacífico" resumen las principales conclusiones del trabajo de campo realizado el pasado Día Nacional de Galicia por Esculca, una agrupación "para la defensa de los derechos y las libertades".

Según la instrucción 13/2007 de la Secretaría de Estado de Seguridad, los agentes de las fuerzas de seguridad deben llevar "el número de identidad personal correspondiente al del carnet profesional y a la tarjeta de identidad profesional en lugar bien visible y de forma que a la denominada distancia de respeto (1,20 metros) puedan ser leídos sin dificultad por los ciudadanos". Los voluntarios de Esculca que, previa comunicación a la Delegación del Gobierno y al mando policial de los antidisturbios en cada caso, observaron el desarrollo de cinco actos políticos en esos dos días de julio constataron el incumplimiento de dicha norma. "Más de la mitad de los policías no llevaban identificación visible", señala la profesora universitaria y miembro de la asociación de derechos humanos Rosa Verdugo, "o impedían con sus posturas su visión".

La Delegación del Gobierno no respondió directamente a la denuncia de Esculca. Fuentes del departamento encabezado por Miguel Cortizo aseguran que "les consta que los uniformes habituales de las Unidades de Intervención Policial incorporan una placa identificativa". Además, añaden las mismas fuentes, "cualquier ciudadano puede dirigirse a uno de esos agentes y pedirle que se identifique, porque está obligado a hacerlo". Sin embargo, la instrucción 13/2007 indica explícitamente que uno de sus objetivos es que la identificación del policía se realice sin la "demanda positiva del ciudadano". Y este punto resultó, según los activistas, flagrantemente incumplido en los actos del Día da Patria.

Esculca, que comenzó su labor de observación durante la visita del Papa a Santiago el pasado noviembre y que también trabajó durante la huelga general del 27 de enero, muestra asimismo su preocupación por la "intepretación abusiva y estricta" que la Delegación del Gobierno efectúa "en los últimos tiempos" de la ley que regula el derecho de reunión y manifestación. En su opinión, manifestada a través del también docente universitario José Ángel Brandariz, esta normativa, que obliga a comunicar las convocatorias al Estado, "se está convirtiendo en un mecanismo de autorización y ha dado como resultado un enorme aumento de las prohibiciones a lo largo del curso 2010-2011 por defectos de forma en la comunicación". La ley española del derecho a manifestación es, para Brandariz, "de las más restrictivas de Europa". La Delegación del Gobierno se limita a señalar que "cumple escrupulosamente la legislación vigente en materia de comunicaciones, denegaciones o cualquier trámite relacionado con manifestaciones o protestas en Galicia".

Esculca critica que "la policía se extralimita en el Estado español con extraordinaria frecuencia". Las causas, explican, se encuentran en la "falta de debate sobre el uso de la fuerza pública; la ausencia de formación de los agentes, que también denuncia el Sindicato Unificado de Policía, y los escasos medios para gestión de las protestas, que acercan las maneras policiales en España a las de Egipto".

Instrucción 13/2007

- Todos los componentes de la Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía que vistan uniforme, incluidas aquellas unidades especiales [...] deberán llevar sobre sus prendas de uniformidad el número de identidad personal del Carnet Profesional y de la Tarjeta de Identidad Profesional, en lugar bien visible y de forma que a la denominada distancia de respecto (1,20 metros aproximadamente) puedan ser leídos sin dificultad por los ciudadanos. Esta obligación se configura como un derecho de los ciudadanos a identificar, en todo momento y sin ninguna acción positiva de demanda por su parte, a los efectivos que le están prestando la función o servicio correspondiente.

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