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El proyecto desoye las recomendaciones internacionales sobre la incomunicación

El borrador de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal mantiene, según la información adelantada ayer por la Cadena SER, el periodo de prisión incomunicada para delitos de terrorismo hasta un máximo de 13 días, en flagrante contradicción con las recomendaciones de todos los organismos internacionales en sus informes sobre España e incluso en contra de la jurisprudencia constitucional que en algún caso ha sentenciado que la incomunicación por 10 días es ya una "penalidad añadida". El informe del Relator Especial de Naciones Unidas para España en su visita de 2004 ya pidió la "supresión total" del régimen de incomunicación para "evitar las prácticas de tortura en el Estado español". En idéntico sentido, Human Rights Watch considera que la detención incomunicada es en sí misma "un trato cruel, inhumano y degradante" que favorece la práctica de la tortura.

El borrador recoge por fin el viejo proyecto de convertir al fiscal en director de la investigación y reservar al juez el papel de garantizar que no se vulneren los derechos de las partes mientras duren las pesquisas. La reforma sustituye la figura del "imputado" por la del "investigado", lo que ayer fue valorado por alguna asociación judicial como una concesión a las quejas de políticos y personalidades públicas "imputadas" en casos de corrupción.

Respecto a la limitación de la autorización de escuchas telefónicas solo para investigaciones de delitos penados con más de cinco años de prisión, la asociación centrista Francisco de Vitoria consideró que supondría "impunidad" en casos de cohecho o corrupción. La acusación popular, según el borrador, no tiene sentido cuando ni el perjudicado ni el fiscal acusen, lo que supone su acomodamiento a la doctrina Botín. Si se investigara un delito sin perjudicado directo será el juez el que tenga la última palabra.

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