El Tribunal Supremo obliga a Fomento a indemnizar a la autopista Madrid-Toledo
Reconoce el perjuicio por no haberse ampliado la carretera hasta Córdoba
La sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha condenado al Ministerio de Fomento a elevar la suma que paga a la empresa concesionaria de la Autopista Madrid-Toledo (AP-41), al no haber ampliado la carretera hasta Córdoba, tal y como estaba previsto. En su opinión, eso le ha restado tráfico y ha impedido su viabilidad económica (con pérdidas de 100 millones, según la empresa).
La concesionaria -integrada por Corsán-Corviam, Comsa, Azvi, Construcciones Sánchez Domínguez-Sando y Banco Espirito Santo- también arremetía contra la Comunidad de Madrid por haber desdoblado la M-407, "una dura competencia" que no tenía prevista. No obstante, el Supremo ha rechazado este último aspecto del recurso.
Rechaza el posible daño causado por la Comunidad al desdoblar la M-407
En total, el perjuicio alegado ascendía de 420 millones de euros, 320 achacables al Gobierno regional, y 100 al Ministerio de Fomento. Pese a que la sentencia da la razón "en parte" a la concesionaria, no concreta qué cantidad deberá recibir, dejando su cálculo en manos de Fomento.
Los magistrados estiman parcialmente el recurso al considerar que la inexistencia de la autopista prevista para enlazar Toledo y Ciudad Real con Córdoba sí ha perjudicado la concesión. Consideran "evidente" que la falta de funcionalidad de la AP-41 para comunicar por autopista Madrid y Andalucía ha de traducirse en una merma en el tráfico que por ella discurre. "Por eso cabe dar por producidas tales disminuciones y reconocer el derecho de la recurrente a que se restablezca el equilibrio económico y financiero de su concesión en función del impacto producido por esta circunstancia. Derecho que se habrá de concretar una vez determinado el monto de tales menoscabos en el procedimiento de restablecimiento de dicho equilibrio que deberá incoar y llevar a término la Administración General del Estado", argumenta el Supremo.
En la sentencia, los jueces no concretan la cantidad que deberá abonar Fomento, que también podría optar por aumentar el número de años de concesión, debido a que la valoración económica del tráfico que no circula por la AP-41 realizada por la empresa afectada "descansa exclusivamente en estimaciones basadas en los 2.100 vehículos diarios que, según un estudio privado, circularían en 2009 en dirección a o desde Ciudad Real y Córdoba y en los incrementos que el perito calculó aplicando a esa cifra los que se iban produciendo en el tráfico de la AP-41".
"Por esa razón", añade el tribunal, "por tratarse únicamente de estimaciones referidas a todo el período de existencia de la concesión y no de datos reales y efectivos y por encontrarnos todavía en sus primeros años de vida -se extiende hasta 2040-, no cabe tenerlos como probados".
La concesión de la AP-41, que entró en servicio en 2006, tiene una vida de 36 años. La carretera arranca de la R-5 a la altura del municipio de Moraleja de Enmedio y discurre al oeste de la A-42 (autovía Madrid-Toledo).
La empresa aseguraba en su recurso que la falta de continuidad de la autopista hasta Córdoba y el desdoblamiento de la carretera autonómica (M-407) eran dos situaciones imprevisibles en el momento en que presentó su oferta, que han impedido que la AP-41 sea el primer tramo de un nuevo corredor a Andalucía, más directo que el que pasa por Despeñaperros, pues acorta el trayecto en 70 kilómetros.
Además, en su opinión tampoco sirve como alternativa rápida y eficaz para unir Toledo y los municipios del sur de la Comunidad de Madrid con la capital, atendiendo así al tráfico de esa parte del área metropolitana.
Uno y otro objetivo se han visto frustrados, según la concesionaria, porque, al no haberse construido la nueva autopista a Andalucía, la AP-41 se ha visto privada del tráfico que aportaría dicha infraestructura.
La empresa consideraba también en su recurso que el desdoblamiento de la M-407 (autovía de alta capacidad que se financia con el llamado peaje en la sombra) ha afectado en gran medida a la AP-41, pues le ha privado de tráfico en sus tramos iniciales.
De este modo, proseguía en su demanda: "La AP-41 ni sirve para acceder a Andalucía por una ruta más corta que las existentes hasta ahora, ni absorbe el tráfico del Sur de Madrid, ya que hay alternativas para el mismo no sometidas al peaje que debe pagarse en la AP-41". A eso se suma, en su opinión, que la A-42 se ha convertido en una opción interesante, pues tiene que absorber menos circulación.
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