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El juez mantiene el grueso del 'caso Brugal' pese a anular escuchas

El magistrado suprime el 20% de las grabaciones efectuadas

El juez del caso Brugal emitió ayer un auto anulando algunas de las escuchas telefónicas efectuadas por la policía durante la investigación de una trama político-empresarial vinculada al negocio de la basura en la comarca de La Vega Baja y al Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de Alicante. No obstante, la nulidad de estos pinchazos no afecta al grueso de la investigación, cuyo sumario ocupa unos 30.000 folios. El magistrado ha suprimido las grabaciones efectuadas a partir del 30 de noviembre de 2009, en el tramo final de la investigación. Teniendo en cuenta que las escuchas comenzaron en marzo de 2007 y concluyeron en junio de 2010, las conversaciones anuladas suponen el 20% del total.

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El clan Fenoll y tres ediles del PP de Orihuela

Las grabaciones declaradas nulas por el juez afectan al presidente del PP y de la Diputación de Alicante, José Joaquín Ripoll, y a los empresarios Enrique Ortiz y Ángel Fenoll. El magistrado también considera no ajustadas a derecho las escuchas realizadas a tres concejales del PP del Ayuntamiento de Orihuela.

En su auto, Carlos San Martín, titular del Juzgado número 3 de Orihuela, responde de manera global a los recursos de reforma planteados por las defensas de los imputados (un total de 18 personas) en las dos piezas del sumario que son de su competencia: el supuesto amaño de la contrata de la basura del Ayuntamiento de Orihuela y un presunto cohecho en la adjudicación de la planta de tratamiento de residuos del Plan Zonal de La Vega Baja, licitada por la Diputación de Alicante.

Las partes presentaron más de tres centenares de recursos y alegaciones en los que exigían la anulación de todas las escuchas por entender que no estaban suficientemente motivadas o que vulneraban derechos fundamentales. El titular del juzgado de Orihuela solo ha estimado parcialmente siete de esos recursos por entender que los autos, que en parte él mismo dictó, "carecían de suficiente motivación".

Otras alegaciones tenían que ver con la competencia territorial del caso. De hecho, el fiscal Anticorrupción presentó un recurso para que la instrucción se realizara desde un juzgado de Alicante y no en Orihuela. La Audiencia provincial todavía no se ha pronunciado sobre el mismo.

La anulación de parte de las escuchas del sumario del caso Brugal

tendrá como primera consecuencia la prolongación en el tiempo de la instrucción solo para dilucidar aspectos formales. "El auto [el firmado ayer por el juez San Martín] aboca al sumario a una prolija labor para dirimir qué parte de la investigación será finalmente legal y cuál no", señalaron ayer fuentes del caso. "Y primero habrá que delimitarlo en la forma, es decir, a base de recursos, para ver qué escuchas son válidas y cuáles no", añadieron. Y tras dilucidar ese aspecto formal, los jueces tendrán que decidir qué aspectos del contenido de las acusaciones se mantienen y cuáles no.

Las escuchas telefónicas son la prueba principal de la investigación. Las intervenciones comenzaron en marzo de 2007 y se prolongaron hasta junio de 2010. De acuerdo con el auto del juez San Martín, prácticamente el 20% de las mismas son nulas, las efectuadas a partir del 30 de noviembre de 2009, que fueron hechas al líder del PP, José Joaquín Ripoll, y al empresario Enrique Ortiz. Otras fuentes del caso resaltan una contradicción en la resolución del juez al anular esas escuchas, "cuando en fechas posteriores el propio juez firmó autos para autorizar la prórroga de la intervención del teléfono de Ortiz".

Las defensas de los imputados en el caso Brugal evitaron ayer pronunciarse sobre el alcance del auto del juez instructor. Los letrados consultados por este periódico pospusieron cualquier comentario a la lectura detallada de la resolución del magistrado, que ocupa un total de 162 folios. No obstante, todos avanzaron su intención de apelar el auto de San Martín a la Audiencia de Alicante. Del mismo criterio es la fiscalía, según confirmaron fuentes del ministerio público.

Las disposiciones más relevantes del auto del juez son las referidas a la estimación parcial de sendos recursos planteados por Ortiz y José Candell [empleado del empresario, también imputado] y por la defensa de Ripoll. Respecto al primer recurso, el magistrado declara nulas las diligencias practicadas desde el auto de 30 de noviembre de 2009. El letrado de Ortiz pedía que esa anulación fuera aún anterior, en concreto desde mayo de 2008, cuando se acordó la intervención de su teléfono en relación con la investigación sobre el plan zonal. El letrado mantenía que en ese momento al empresario Enrique Ortiz no se le podía atribuir ningún hecho delictivo porque el plan zonal se había adjudicado antes, en concreto el 3 de enero de 2008.

En cuanto al recurso del abogado de Ripoll, el juez también estima anular las diligencias practicadas desde el auto de 30 de noviembre de 2009. Y decreta la ilegalidad de las diligencias practicadas sobre el teléfono de su mujer desde el 11 de agosto de 2009 por entender que "el pinchazo" no estaba justificado en relación con los hechos investigados. La anulación de este tramo de las diligencias pueden implicar en paralelo el archivo de la pieza sobre la televisión local de Alicante, incluida en el sumario, y algunas de las supuestas dádivas recibidas por la familia Ripoll. El juez también estima parcialmente un recurso de Rafael Gregori, intermediario de la trama según la investigación, que anula las escuchas que se le practicaron desde el 23 de mayo de 2008.

Intervenciones anuladas

- Periodo de las escuchas. Las escuchas del caso Brugal incluyen desde marzo de 2007 hasta junio de 2010.

- Afectados por el auto. El juez ha declarado ilegales las escuchas practicadas a Ortiz (desde el 30 de noviembre de 2009) Ripoll (desde el 30 de noviembre de 2009), Rafael Gregori (23 de mayo de 2008); la mujer de Ripoll (desde el 11 de agosto de 2009) y tres ediles del PP (25 de enero de 2208).

- Argumentos. La intervención, según el juez, no estaba suficientemente motivada.

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