Hacienda se colapsa el primer día de solicitud del borrador de IRPF
La prisa por obtener la devolución provoca una avalancha de peticiones en la web
El nuevo servicio de Hacienda que permite recibir el borrador de la declaración del IRPF en "breves instantes" a través de internet se colapsó ayer en su estreno. Para acceder al documento, el contribuyente debe facilitar su NIF y la casilla 698 de su declaración de 2009 por teléfono o a través de la web de la Agencia Tributaria. Esta le envía entonces mediante SMS el número de referencia de su borrador, al que se puede acceder desde la misma página. Pero el primer día de funcionamiento del servicio las solicitudes fueron tantas que bloquearon el sistema y los "instantes" se convirtieron en varias horas.
La Agencia achacó el error a un sistema antispam (para bloquear los mensajes basura, como por ejemplo la publicidad masiva) que usa Telefónica y que provocó el colapso en el envío de SMS ante la avalancha de peticiones. La Agencia esperaba recibir alrededor de 600 por minuto pero fueron más de 1.000 en algunos momentos.
El sistema no estaba previsto para 1.000 solicitudes por minuto
Los contribuyentes con cobros atrasados sin declarar recibirán un aviso
Cuando se tienen que cobrar 11.167 millones de euros es normal tener prisa. Esa es la cantidad que la Agencia Tributaria prevé devolver a los contribuyentes por las declaraciones de la renta correspondientes a 2010, según anunciaron ayer el director del organismo, Juan Manuel López Carbajo, y el secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, en la presentación de la campaña de este año.
La gran innovación radica en la agilización del proceso de obtención del borrador -ya no habrá que esperar a recibirlo en el domicilio para revisarlo y, en su caso, modificarlo, sino que todo podrá hacerse por teléfono o internet-, que permitirá empezar a percibir devoluciones a partir de mañana. Además, la tramitación por Internet comenzó ayer y las cartas con el borrador no se empezarán a recibir hasta mayo.
La Agencia Tributaria aseguró a media tarde de ayer que los problemas con el sistema antispam de telefónica ya estaban solucionados y que las peticiones de borradores funcionarán con normalidad a partir de hoy. El organismo dijo que se habían descargado más de 225.000 borradores, de los que 21.600 ya habían sido confirmados.
Al margen de este mecanismo para aligerar los trámites, las principales novedades de la campaña de 2010 son las normativas, relativas a las reformas fiscales que el Gobierno aprobó a finales de 2009 para tratar de reducir el déficit. Algunas de ellas, como la eliminación parcial de la deducción de 400 euros del IRPF o el incremento de los tipos de gravamen para las rentas del ahorro (del 18% al 19% para los primeros 6.000 euros y del 18% al 21% para las que superen esa cifra), son la causa de que este ejercicio la cantidad a devolver prevista por el erario público sea el 7,33% inferior a la de 2009, según Ocaña. La agencia estima unos 19,4 millones de declaraciones, de las que algo más de 15 millones serán a devolver y casi cuatro millones a ingresar (estas por más de 6.000 millones de euros).
Hacienda además enviará este año por primera vez junto al borrador de declaración o los datos fiscales información de pagos atrasados a aquellos contribuyentes que los hayan percibido este año pero que correspondan a ejercicios anteriores y no hayan sido declarados. El objetivo es dar el aviso a priori para no tener que rastrear después estas irregularidades, en un momento en que la crisis ha provocado numerosas situaciones de cobros atrasados. Para estas retribuciones, el contribuyente deberá hacer una declaración complementaria del ejercicio al que son imputables, que no lleva multa.
El servicio telemático será el único disponible durante el mes de abril, y la atención presencial en oficinas comenzará el 3 de mayo. Los ciudadanos tienen hasta el 30 de junio para presentar su declaración del IRPF, excepto aquellos que deban ingresar y domicilien el pago, en cuyo caso tienen hasta el 27 de ese mes.
Las principales novedades de la campaña de renta 2010
- Borrador 'exprés'. Los contribuyentes podrán descargarse el borrador en la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) sin necesidad de recibir en su domicilio previamente la referencia. Bastará con introducir la casilla 698 de la declaración anterior y Hacienda le enviará un SMS para descargar el borrador (y confirmarlo o modificarlo), o incorporar los datos fiscales al programa PADRE.
- Pagos atrasados. Hacienda enviará con los borradores datos de retribuciones atrasadas (por ejemplo, una paga extra de 2009 que se percibió en 2010). El contribuyente no podrá integrar esos ingresos con los de 2010, sino presentar una complementaria (sin recargo) del ejercicio al que correspondan.
- Calendario. Durante todo el mes de abril los contribuyentes podrán realizar gestiones electrónicas (Internet, teléfono, cajeros automáticos) y recibir la devolución a partir de mañana 6 de abril. En mayo y junio se recibirán, por correo ordinario, todos los borradores que no se hayan visto por Internet y se atenderán citas en las oficinas de la Agencia Tributaria para confeccionar la declaración.
- Teléfonos. 901 12 12 24 (automático, 24 horas): para obtener la referencia del borrador o datos fiscales, solicitud de borradores, confirmación del borrador a devolver, solicitud de cita para atención en oficinas, solicitud de certificados de renta y etiquetas y consulta de la tramitación de devoluciones. 901 200 345 (de 9.00 a 21.00, a partir del 4 de abril): para solicitud, modificación y confirmación del borrador. 901 22 33 44 (de 9.00 a 20.00, a partir del 28 abril): para cita previa. 901 33 55 33 (de 9.00 a 20.00, a partir del 4 abril): para información tributaria. SMS al 217223: confirmación del borrador a devolver.
- Elementos para revisar en el borrador. Inmuebles y sus referencias catastrales, circunstancias personales y familiares (si han cambiado en 2010), aportaciones de cuotas sindicales, deducción por vivienda habitual y compensación por su adquisición antes del 20 de enero de 2006 (casilla 738 de la declaración), deducción por alquiler de la vivienda habitual, deducción por obras en la vivienda habitual, deducción por cuenta vivienda y deducciones autonómicas.
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