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Reportaje:Dinero & inversiones

Replantearse la jubilación

Distintos productos permiten planificar percepciones adicionales a la pensión pública

Las pensiones de jubilación se calculan hoy en función de la edad, los salarios de los últimos 15 años y el tiempo de cotización efectiva del trabajador. Esos tres parámetros, sin embargo, están en el punto de mira de la anunciada reforma del sistema público de pensiones. Puede (o no) que la edad de jubilación pase de los 65 años actuales hasta los 67. Puede (o no) que en lugar de contemplarse los salarios de los últimos 15 años para calcular la base reguladora de la pensión se necesiten 20, 25 o más años. Puede (o no) que en lugar de ser necesarios 35 años de cotización para tener derecho a cobrar el 100% de la base reguladora (ver cuadro adjunto para comprobar cómo se calcula esta) sean necesarios 40 años aplicándose los mismos porcentajes de descuento que hoy -están fijados a partir de los 26 años cotizados en un 2%- o incluso superiores (se habla del 2,5% por año).

Los criterios de edad, salario y cotizaciones para fijar la pensión pública van a variar
Los posibles cambios aconsejan ahorrar y planificar, y cuanto antes mejor, el retiro

Como cada caso es "un mundo" (y la reforma está por definir), no hay, por ahora, estudios claros sobre el impacto de cada una de esas medidas (o de todas) sobre el importe de las pensiones públicas. Se habla, en general, de porcentajes de reducción del 5%, del 10% e incluso superiores al 15%.

Si a este incierto futuro le unimos la evidencia de que en la gran mayoría de los casos el importe de la pensión no iguala al importe de los últimos salarios percibidos (lo que se agudiza en las rentas más altas al fijarse pensiones máximas, que en 2010 son de 2.466,20 euros al mes o 34.526,80 euros al año), la conclusión inevitable es que hay que ahorrar y planificar, y cuanto antes mejor, el retiro laboral.

Productos para enfrentarse a la jubilación, para ahorrar a largo plazo, hay muchos y variados. Antes de elegir es necesario tener claro qué se persigue. Conviene acotar las pretensiones en importe y tiempo y ser realista. En lugar de plantearse "contar con dinero suficiente para disfrutar de una vejez cómoda", especificar, por ejemplo, "necesitaré un capital de 120.000, 150.000 o 200.000 euros o necesitaré garantizarme una renta mensual adicional de 300, 400 o 500 euros". Esta cuestión es importante en la medida en que dará las claves para, en función de la edad, fijar el volumen de aportaciones o de ahorro a ejercer desde ahora y hasta la jubilación. Si, por ejemplo, se tienen 50 años y se considera que a partir de los 67 se precisarán unos ingresos complementarios de 400 euros mensuales durante 23 años (hasta cumplir 90), a partir de ahora habrá que destinar a tal efecto más o menos unos 250 euros al mes, suponiendo que estos ofrecerán una rentabilidad del 4% anual mientras se ahorra y también mientras se dispone del capital. (En Internet hay simuladores que hacen estos cálculos de forma rápida y sencilla).

Si el particular tiene la posibilidad de hacer aportaciones periódicas, en principio le vale cualquiera de los productos específicos para la jubilación. Planes de pensiones individuales, planes de previsión asegurados (PPA), planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), planes de jubilación, seguros de ahorro... Es relevante estudiar en cada caso si la entidad que los comercializa obliga o no a un cierto volumen de aportaciones o si son productos de prima única; si estas se pueden o no interrumpir temporalmente... También se pueden ajustar bien a su necesidad de ahorro productos más "tradicionales", como los fondos de inversión, siempre que se les dé una estabilidad a largo plazo.

Si el particular piensa que puede tener a medio plazo problemas de liquidez, de la lista citada se caen al menos dos productos. Los planes de pensiones y los PPA son ilíquidos, es decir, no se pueden hacer efectivos hasta el momento de jubilarse o en el caso de paro de larga duración, enfermedad grave o incapacidad laboral. Los PIAS son totalmente líquidos, es decir, el particular puede recuperar el ahorro cuando lo desee sin restricción legal. Si se retira el dinero antes de tiempo, se pagarán por los rendimientos obtenidos un tipo fijo del 19% hasta 6.000 euros (o hasta el 21% a partir de esa cantidad), el mismo que se aplica a fondos de inversión, depósitos, planes de jubilación...

En función de la situación fiscal de cada uno -el volumen de rentas que se obtienen en la actualidad y la estimación de cuál será este en el futuro-, los planes de pensiones (y los PPA) se perfilan, en principio, como más "adecuados" para las personas con rentas altas (y más si se prevé que estas se reducirán), mientras que quienes tengan rentas más bajas pueden tener mejor acomodo en los PIA, los planes de jubilación, los seguros de ahorro... Los planes de pensiones y los PPA son los únicos productos de ahorro a largo plazo con ventajas fiscales a corto. Su límite general de aportaciones es de 10.000 euros año (12.500 para contribuyentes con más de 50 años). Reducen directamente la base imponible en el IRPF. Por cada 1.000 euros, los particulares podrán ahorrarse en su declaración anual entre 24 y 43 euros (llegará hasta 450 en 2011 para rentas anuales superiores a 200.000 euros). A cambio, en el momento del rescate, todo el capital acumulado tributará como rendimientos del trabajo.

En los PIAS, las aportaciones pueden tener un importe anual máximo de 8.000 euros. No reducen la base imponible en el IRPF. Se puede llegar a acumular en ellos hasta 240.000 euros. Pasados diez años desde la primera aportación, y siempre y cuando se constituya una renta vitalicia (que el particular cobrará de forma periódica), todos los rendimientos que se obtengan durante el periodo de acumulación / ahorro y hasta que las rentas empiecen a cobrarse estarán exentos de tributación. No se pagarán, por tanto, impuestos por las plusvalías obtenidas, aunque sí por el capital (que se beneficiará además de coeficientes reductores en función de la edad que tenga el particular al inicio del cobro de su pensión).

De una importante ventaja fiscal de futuro gozan también los seguros de rentas: dependiendo de la edad del asegurado en el momento de contratar el producto, tributará más o menos por esas rentas: si no llega a los 40 años, tributará por el 40%; si se está por debajo de los 60, por el 20%, y así hasta llegar al 8% de tributación para los mayores de 70 años.

En función de la rentabilidad deseada se complica la elección. Se presume que todo inversor desea las mayores ganancias posibles con el menor riesgo. En planes de pensiones, solo los garantizados aseguran un rendimiento mínimo; en el resto, sus rendimientos están al albur de lo que suceda en los mercados financieros en los que coloque su patrimonio y de la pericia de sus gestores (las diferencias de rentabilidad en una misma clase de planes pueden comprobarse en los datos mensuales que ofrece Inverco).

En los PPA hay una garantía mínima de tipo de interés que se percibirá a lo largo de toda la vida del producto (entre el 1,5% y el 2,5% en la actualidad), que las entidades pueden completar con rendimientos adicionales, en función de los resultados que obtengan (cuenta también la habilidad de los profesionales).

En los seguros de ahorro se suele partir de un rendimiento bajo vinculado al de la deuda pública y sobre esta base se da una participación en beneficios que puede situar la ganancia final en una horquilla de entre el 2% y el 5% en promedio (de nuevo juega la destreza del gestor). -

Dos jubilados pasean por la localidad vizcaína de Ereaga.
Dos jubilados pasean por la localidad vizcaína de Ereaga.EFE

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