La Audiencia condena a Cañizares por impago
Santiago Cañizares, ex portero del Valencia, y su socio en la empresa Cum Maxime, Eusebio Soriano Gimeno, han sido condenados por no pagar a la inmobiliaria que participó en la compraventa de unos terrenos en Bétera que está investigando un juzgado de Valencia tras una querella presentada por la fiscalía después de que recibiera una reclamación de Hacienda. Según la sentencia, que en primera instancia firmó el Juzgado de Lo Mercantil número 1 de Valencia y después confirmó la sección novena de la Audiencia de Valencia, el ex futbolista y su socio firmaron un contrato, pagaron en el momento de la formalización 6.000 euros y comprometieron en un pagaré el resto, casi 15.000 euros. En el momento de ejecutarlo, no había fondos.
La reclamación a la sociedad, en 2008, no fue posible porque Cum Maxime no tenía actividad desde casi tres años antes. Al juicio mercantil, Cañizares y su socio no acudieron. Fueron declarados en rebeldía. Cañizares y su socio recurrieron. Argumentaron que no tenían responsabilidad de esa deuda, entre otras cosas porque el portero había dejado de ser administrador de Cum Maxime. Pero además, argumentó que no le había sido notificada la declaración de situación de rebeldía. La Audiencia considera a Cañizares y a su socio responsables de esa deuda. Les condena a pagarla con intereses, además de darles por perdido el depósito del recurso presentado.
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