Desestimada una demanda de Lurmen y Eliseo Gil contra EL PAÍS realativa a Iruña-Veleia
La juez Yolanda Varona ha desestimado la demanda interpuesta ante el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Vitoria por la representación legal de la empresa Lurmen, así como de Eliseo Gil e Idoya Filloy, contra EL PAÍS por una información publicada en este diario el pasado 13 de junio, relativa a los trabajos arqueológicos en Iruña-Veleia. En su resolución, la juez absuelve al autor del reportaje y al director del periódico en el País Vasco e imputa las costas a la parte demandante. Contra esta resolución cabe interponer todavía un recurso de apelación en el plazo de cinco días a parte de la firma de la sentencia, el pasado 26 de octubre.
Los demandantes reclamaban una rectificación por parte de EL PAÍS del contenido del reportaje publicado sobre el trabajo que Lurmen y los técnicos Gil y Filloy habían desplegado en Iruña-Veleia con anterioridad a la incorporación de un equipo de arqueólogos de la Universidad del País Vasco, tras la polémica desatada por sus trabajos. A su vez, su abogado, Francisco Javier Martínez de San Vicente, pretendía que las costas fueran impuestas a la parte demandada.
En la vista oral, la defensa del diario alegó que la rectificación no se ajustaba a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, así como que estaba incorrectamente formulada y que triplicaba la extensión reglada.
En el fallo se recuerda que "no nos encontramos ante una acción de intromisión en los derechos del honor". A su vez se recoge que "la rectificación no puede erigirse en sanción de una información que se manifieste con falsedad o difamando, pues para ello está la vía penal o la de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen".
La sentencia destaca que en la rectificación pretendida "no se trata de informar sino que pretende explicar lo que considera datos no exactos, siendo el escrito un juicio de valor, efectuando fundamentalmente comentarios". Incluso, subraya, que si se suprimieran estos juicios de valor improcedentes, dejaría "sin contenido el escrito de rectificación".
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