Condenado a 15 años de prisión el asesino 'ninja'
Jorge Salazar Forward se disfrazó de guerrero para matar a una mujer
Jorge Salazar Forward, un venezolano de 35 años, pasará 15 años en la cárcel. Así lo ha determinado la sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid, que le acusa de haber matado a puñaladas a una mujer, Itziar Hidalgo Carrillo, de 30 años, en 2007. El condenado se disfrazó de guerrero ninja y esperó a que su víctima saliera de casa para apuñalarla hasta la muerte. El tribunal descarta que hubiera relación sentimental entre ambos en el momento de producirse el crimen. Salazar tendrá que pagar 120.000 euros al padre de la fallecida en concepto de indemnización.
La sentencia, cuyo ponente ha sido la magistrada Consuelo Romero Vaquero, considera probado que el condenado el 16 de abril de 2007 esperó a Itziar durante cerca de tres horas en las inmediaciones del domicilio de la mujer, en el número 6 de la calle de Antonio Zamora, semiesquina al paseo de Extremadura (distrito de Latina). El hombre estaba vestido "completamente de negro, portando guantes de látex, zapatillas utilizadas en la práctica de artes marciales, cubierto con un pasamontañas y portando un cuchillo de cocina de 11,5 centímetros de hoja", según recoge el fallo.
La sentencia recoge que la esquizofrenia que padece no le influyó en el crimen
Según los jueces, la mujer quedó sorprendida al ver así vestido a su atacante y echó a correr asustada. Salazar la alcanzó y "sin mediar palabra e imposibilitando su defensa", la agarró por el cuello con el brazo izquierdo. Con el otro, la propinó varias cuchilladas en el hemitórax derecho. La mujer falleció desangrada a los pocos minutos.
Los magistrados consideran probado que el acusado es responsable de un delito de asesinato, ya que actuó con alevosía. De esa forma, evitó que la mujer pudiera defenderse y evitar su muerte. "El acusado actuó alevosamente contra la víctima porque se mantuvo durante horas para proceder a atacarla en la puerta de su domicilio, esperando a que la misma abandonase el mismo, persiguiéndola entonces y, eliminando sus posibilidades de defensa, la agarró por el cuello asestándole las cuchilladas que le produjeron la muerte de forma casi instantánea", relata el fallo.
El tribunal rechaza que la enfermedad que sufre -esquizofrenia paranoide- pudiera afectarle a la hora de cometer el crimen, por lo que rechaza la aplicación de la eximente de alteración psíquica. "La preparación por parte del acusado de la muerte de Itziar impide la consideración de que el mismo se encontrase sufriendo un brote de su enfermedad que anulase sus facultades de voluntad y entendimiento. Y ello porque el ataque mortal a la víctima fue minuciosamente planeado por el acusado días antes de ejecutarlo", añade la sentencia.
Lo que sí aprecian los jueces es una atenuante por la enfermedad mental, por lo que imponen la condena en su grado mínimo (15 años), frente a la máxima de 20 años de cárcel.
La sentencia también rechaza que hubiera relación sentimental entre víctima y atacante en el momento del asesinato. Dicha relación sí existió mientras ambos estuvieron ingresados en una residencia de Aravaca en 2006. Sin embargo, ya había cesado un año después, cuando murió Itziar Hidalgo. Eso supone que no se le ha podido explicar la agravante de parentesco recogida en el artículo 23 del Código Penal. "Ante las declaraciones referidas y al no estar determinada siquiera con claridad el tipo de relación que en su día había unido a víctima y acusado, el tribunal no puede estimar acreditada la existencia de esa relación estable entre ambos", recoge el fallo.
Salazar también había sido acusado de los delitos de amenazas y coacciones al haber intentado en los días previos al asesinato retomar la supuesta relación que había entre ambos. En una conversación telefónica le dijo: "Si no volvemos a estar juntos, algo malo te va a pasar". Los magistrados comprenden que esos delitos no han quedado demostrados durante el juicio y que además, en caso de existir, estarían dentro de la fase previa del asesinato. Por ese motivo, no puede ser condenado dos veces por el mismo hecho.
La sentencia puede ser recurrida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
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