El Constitucional suspende la aplicación de la ley de cajas gallega
La Xunta pretendía utilizar la norma para forzar la fusión entre Caixa Galicia y Caixanova - La paralización afecta a 10 puntos recogidos en dos artículos
El Tribunal Constitucional (TC) suspendió ayer la aplicación de 10 puntos de la ley gallega de cajas, que fue recurrida por el Gobierno central el pasado 9 de febrero. En la práctica significa congelarla por completo, porque entre los artículos suspendidos (dos en total, junto a una disposición transitoria), el TC paraliza la renovación de los órganos de gobierno, que iba a significar un vuelco en el equilibrio de poder de las asambleas. Aunque esperado, es un jarro de agua fría para las aspiraciones del presidente gallego, Alberto Núñez Feijóo (PP), y para los nacionalistas del BNG que apoyan la reforma.
El texto suspendido fue tramitado en tiempo récord, apenas un mes, con el objetivo claro de forzar una fusión entre las dos cajas de ahorro gallegas (Caixanova y Caixa Galicia) a costa de torcer la voluntad actual de Caixanova, cuyo Consejo de Administración se opone en redondo.
La ley establece un férreo control sobre la obra social de las entidades
Para ello, por primera vez, la ley establece la entrada de representantes del Parlamento en las asambleas de las cajas con el 20% de la representación, algo que el recurso no cuestiona. Lo que sí impugna es que obligue a cambiar en dos meses los órganos de gobierno. Los plazos habían sido medidos para poder firmar el protocolo de integración antes de que se terminen las ayudas del FROB, el próximo 31 de junio.
La suspensión anunciada ayer se esperaba desde el día en que la ministra Elena Salgado advirtió que los visos de inconstitucionalidad iban "más allá de las cuestiones que provocaron en su día el recurso contra la ley madrileña". Sin embargo, tanto el PP como los nacionalistas ven clara la intencionalidad política, y no se cansan de explicar que lo que se acepta en otras comunidades, como la regulación del Sistema Institucional de Protección (SIP), no sirve para Galicia. Los titulares de las consejerías de Hacienda y Presidencia mantuvieron dos reuniones esta semana con el secretario de Estado de Cooperación Territorial para desbloquear el recurso. No fue posible.
En la última, la negociación entró en punto muerto. Pese a todo, el presidente de la Xunta se mostró ayer optimista con la posibilidad de "desbloquear la ley y que Galicia pueda tener la quinta caja de España". El recurso que ha admitido el alto tribunal también impugna cuestiones relativas a la obra social, las mayorías para tomar decisiones y los altos cargos.
- SIP. La ley gallega establece que un criterio de valoración para vetar un SIP son las consecuencias "que pudieran derivarse para el cumplimiento de la finalidad financiera en Galicia". El recurso dice que el Gobierno autónomo no puede utilizar este criterio, y sí otros, como la solvencia, para vetar una fusión fría.
- Obra social. El texto aprobado por el Parlamento gallego establece un férreo control sobre la obra social, de modo que las inversiones de más de medio millón de euros en tres ejercicios deberán contar con la aprobación de Hacienda. La Xunta también decidirá el porcentaje de los excedentes que se destinarán a acción social. Según el recurso, esto vulneraría el principio de independencia y respeto a las decisiones de las entidades.
- Renovación. En su primera disposición transitoria, establece la renovación "total", de los órganos de gobierno en el plazo de dos meses. Aunque después deja la renovación en el 75% de los miembros de las asambleas, el Gobierno considera que este punto resta estabilidad a las cajas, que normalmente cambian sus asambleas por mitades.
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