"La Xunta fue como un padre"
Una sentencia exime a la Administración por declarar la falsa incapacidad de una anciana y malvender sus bienes
Mercedes Rodríguez Mouriz, una maestra jubilada de Vilagarcía, tendrá que reclamar sus bienes a una constructora y no a la Fundación Galega para la Tutela de Adultos (Funga), el organismo dependiente de la Xunta que administró sus propiedades y que firmó la venta de su patrimonio a la empresa Promociones Domicres, SL, en los tres años que la anciana fue incapacitada por error. La demanda civil que promovió esta mujer contra la Xunta para recuperar sus bienes fue desestimada en un fallo judicial que la obliga a pagar las costas del proceso. La sentencia ni siquiera entra a cuestionar si la tutela que ejerció la Funga fue o no correcta, pese a las irregularidades que se denunciaron en la venta de un céntrico edificio de doble fachada de su propiedad en Vilagarcía y la desaparición de los enseres personales. Todo lo que la anciana tenía en su casa cuando fue ingresada en una residencia de ancianos por orden judicial.
Según el fallo, "la Xunta fue como un padre" para esta mujer, y se limita a instar a la demandante a reclamar a la constructora que compró a la Funga el citado solar por un valor cinco veces inferior a los precios del mercado en 2003, cuando el organismo autonómico formalizó la venta. Ésta se realizó con autorización judicial, aunque sin el preceptivo expediente de ruina del edificio que, además, estaba catalogado como patrimonio que hay que preservar.
Según la sentencia, no se apreciaron "inadecuadas condiciones" en la venta del inmueble por parte de la Xunta. Y tampoco se entra a analizar el precio y las condiciones de la operación que, para la defensa, "sorprendentemente fueron las menos ventajosas posibles". Entre otras cosas porque nunca existió valoración pericial del inmueble aparte de la que aportó posteriormente el letrado de la mujer. La Funga escogió como oferta más ventajosa la de Domicres, que reconstruyó en el solar. La empresa entregó 55.000 euros, más un piso de 60 metros cuadrados, en la primera planta, que valoró en 67.000 euros. La tasación real del solar ascendía a 549.577,28 euros.
Tampoco se pronuncia la sentencia sobre si hubo o no irregularidades en la declaración de incapacidad de la anciana, pese a lo denunciado por ella cinco años ante los tribunales. Su abogado aportó documentos en los que prueba que fue internada en la residencia San Rosendo de Ourense porque la Justicia no empleó todos los mecanismos necesarios para encontrar a sus parientes más próximos que vivían en Santiago y cuya localización habría paralizado el proceso. Además, la declaración de incapacidad que incoó un juzgado de Vilagarcía se inició sin los informes vinculantes del forense, que no la reconocería hasta dos meses después de tramitarse el expediente.
Antes de entrar en los fundamentos de derecho, en los que despeja cualquier duda sobre la actuación de la Xunta, el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago advierte de que "no existe regulación expresa en el Código Civil relativa a la responsabilidad que pueda ser exigible al curador", o administrador, como es la Funga. Su actuación "no tiene otro objeto que el de intervenir en los actos que los pródigos [incapacitados] no puedan realizar por sí solos".
La defensa de Mercedes Rodríguez ha presentado recurso, y ya ha sido admitido a trámite. El escrito de apelación contradice la rotunda afirmación que hace el fallo al considerar que "la Xunta fue como un padre" para la anciana y que ésta "suscribió el contrato de compraventa" de su casa cuando, en realidad, su firma no aparece en ningún documento.
Señala el recurso que la mujer no podía ser parte en el contrato de compraventa porque la facultad de actuar la tenía "exclusivamente" la Funga, por sentencia judicial. Al ser declarada incapaz carecía de personalidad jurídica para "cualquier acto que conllevara disposición de sus bienes", señala. Domicres, a la que el fallo se refiere como principal actora en este proceso, nunca se dirigió en sus escritos de ofertas y posterior compra a la propietaria sino a la Funga "y ésta negoció a peor", afirma el escrito de apelación.
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