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El juez da luz verde al convenio de Llanera

El grupo tendrá que dar cuenta judicial de su cumplimiento

Lo que queda del Grupo Llanera tiene luz verde para reanudar su actividad sin tutela de una administración concursal. Así lo ha decidido el titular del juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia al dar por aprobado el convenio propuesto en nombre de Llanera, Llanera Urbanismo e Inmobiliaria y Patrimonial Arenall SLU. Ese convenio fue aceptado en la junta de acreedores del pasado mes de septiembre. Los dos recursos presentados no han prosperado. Por tanto, según la sentencia notificada ayer, queda acordado el cese de los efectos de la declaración del concurso. La decisión admite, eso sí, recurso de apelación.

Llanera puede continuar con su actividad pero no sin una mínima tutela judicial, la que se deriva de la obligación de comparecer en el juzgado las veces que sea requerido, colaborar e informar cada seis meses. La administración concursal cesada deberá, de igual modo, rendir cuentas de su actuación en el juzgado en el plazo de un mes.

El magistrado desestima las dos impugnaciones al acuerdo

El convenio que ahora cuenta con respaldo judicial se concreta, en el caso de Llanera Urbanismo, en que los créditos ordinarios se satisfarán con una quita del 50% y una espera de ocho años de acuerdo con un determinado calendario de pagos; Para Llanera, SL, se establece, con una quita del 35% el mismo tiempo para responder a los acreedores. Y Arenall, SLU, con una del 25%, tendrá el mismo tiempo. Las dos impugnaciones no han surtido efecto. El juez entiende que no son razonables e, incluso, que ha habido en ellas mala fe.

El Grupo Llanera llegó al juzgado el 1 de octubre de 2007. La sociedad inmobiliaria y otras cinco mercantiles solicitaron la declaración de concurso voluntario de acreedores. El juez dijo sí y en la sentencia explica las razones que ampararon aquella decisión y que explican la situación por la que atravesaba el grupo empresarial valenciano: la crisis generalizada del sector inmobiliario; el efecto de ésta sobre las entidades financieras, que incrementaron el rigor en la concesión de créditos; la desaceleración del mercado; y la nueva Ley del Suelo, que, afirma, ralentizó el proceso de transformación del suelo.

El proceso de concurso obligó al grupo a, tal como recoge el fallo, corregir defectos estructurales y adecuar el volumen de actividad atendiendo a sus verdaderas posibilidades. Eso se materializó, entre otras cosas, en "adecuar la estructura de la compañía" y reducir la plantilla, cerrar establecimientos, enajenar activos, disminuir pasivo y deuda. El más significativo de sus desprendimientos fue el de los terrenos de la REVA.

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Asimismo, era necesario un Plan de Viabilidad "dadas las escasas posibilidades de impulsar, desarrollar y comercializar con éxito nuevos proyectos a corto plazo, así como la escasa capacidad de atracción de crédito por parte de las entidades financieras", afirma el magistrado. Y entiende que el convenio sirve para ello.

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