Anulada en Lugo una urbanización de seis bloques
El juzgado de lo contencioso-administrativo de Lugo anuló la aprobación de un proyecto de urbanización impulsada por el Ayuntamiento de esta ciudad, por no respetar los perímetros de protección con dos edificios incluidos en el inventario general del patrimonio cultural de Galicia. La sentencia no cuestiona la volumetría del complejo -seis edificios de nueve plantas- pero estima el recurso presentado por la Asociación Cultural en Defensa del Parque Rosalía de Castro y su Entorno, sobre la legalidad de la urbanización de viales y servicios realizada en este espacio próximo al parque más importante de la ciudad.
La Consellería de Cultura ya había instado al Ayuntamiento de Lugo el 26 de junio de 2007 a paralizar de forma "cautelar e inmediata" las actuaciones realizadas en lo que se conoce, en términos urbanísticos, como la unidad de actuación CS-5, por tratarse de obras que pudieran afectar a edificios inventariados como patrimonio cultural de Galicia como son el Sanatorio Portela o las termas romanas.
Al no existir un informe previo de la comisión territorial del patrimonio histórico de Lugo, el juzgado entiende que procede la estimación de la demanda y obliga a retrotraer el procedimiento al momento en que "debió evacuarse el informe emitido". La asociación demandante, que lleva más de tres años de trabajo contra esta urbanización y que ha tramitado 12.500 firmas oponiéndose a la misma, ha recibido la resolución con "una inmensa alegría" y asegura que pone de manifiesto "la ilegalidad del proyecto".
Versión municipal
Desde el Ayuntamiento de Lugo, la responsable de Urbanismo, María Novo, avanzó que presentarán recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, al entender que en la sentencia existe jurídicamente algún "error grave". Novo sostiene que la resolución judicial se base en normas subsidiarias que no rigen para ayuntamientos que, como el de Lugo, disponen de un Plan General de Ordenación Municipal y aplica ámbitos de protección que sólo son imputables a suelo no urbanizable cuando, asegura, en este caso se trata de "suelo urbano".
La concejala de Urbanismo advirtió además que los argumentos de la sentencia afectan a un porcentaje elevado de una de las zonas que ha presentado mayor volumen de edificación en los últimos años, Aceña de Olga.
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