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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

A Feijóo ahora le vale todo

El País, el día 6 de febrero, informaba: "Luis Carrera Pásaro ha sido apartado de la candidatura por la dirección del partido después de que la Cadena SER averiguase que en 2004 cobró 240.000 euros en comisiones de una cuenta del paraíso fiscal de las islas Caimán". Feijóo comentó que su decisión "irrevocable" de apartarlo demuestra su compromiso con la "regeneración política e institucional" que quiere para su partido y para Galicia. Era período electoral. De lo contrario, de haber sido nombrado conselleiro de Facenda, continuaría como conselleiro alegando Feijóo que la Facenda autonómica no tiene competencias sancionadoras sobre paraísos fiscales.

Algo parecido está pasando con la Directora Xeral de Formación e Colocación. Una madre y su hija trabajaban a tiempo parcial como empleadas de hogar en el domicilio de dos hermanos y en el restaurante- cafetería de la familia. En total, según reconocen las sentencias, trabajaban entre ambas 48 horas semanales (la hija, diez en el domicilio de la hermana y seis en el restaurante; y la madre, veinte en el del hermano y doce en el restaurante), con un coste total para los empleadores de 650 euros (400 euros la madre y 250 la hija).

¿Qué legitimidad tiene la directora de Traballo para sancionar a otros por lo que ella hizo?

La hija, según sentencia, recibía una "retribución conjunta por la prestación de ambos servicios" careciendo de contrato de trabajo registrado y, según la CIG, de alta en la Seguridad Social. La madre carecía de alta en la Seguridad Social y de contrato de trabajo, según la sentencia. Trabajan como empleadas de hogar pero "prestan" unas horas sus servicios en el negocio familiar, relación laboral que en los juicios negó la parte empresarial. Todo ello para evitar su encuadramiento en el régimen general de la Seguridad Social y no abonar así las cotizaciones. Se intenta de esta forma encubrir fraudulentamente dicha relación. Los responsables del encubrimiento son los dos hermanos, aunque la relación laboral sea en el negocio familiar. La hermana es quien despide a la madre, según la sentencia. Tenemos una directora general de Formación e Colocación, la hermana, que encubre relaciones ilegales (falta de alta y de comunicación o registro del contrato) pero, como no es período electoral, sigue en su puesto.

Decía que era solamente parecido, porque la diferencia está en que esta directora sí tiene competencias sancionadoras. En teoría, dado que conoce el hecho por ser ella misma demandada y responsable subsidiaria, al serle notificada la sentencia, debería haber incoado un expediente sancionador contra la empresa que no comunicó y no registró el contrato en la oficina de empleo. Esta competencia se la atribuye el decreto que establece la estructura orgánica de la Consellería de Traballo e Benestar, al indicar que su Dirección Xeral asímismo, ejercerá las funciones de ejecución relativas al cumplimiento de las obligaciones de empresarios/as y trabajadores/as y, si es el caso, la potestad sancionadora en las materias relativas al empleo y desempleo. Entre las infracciones contempladas en la Ley figura la de no comunicar a la oficina de empleo las contrataciones realizadas o la falta de registro en la oficina de empleo del contrato de trabajo. No creo que se haya incoado este expediente que, además, debería hacerlo la propia conselleira debido a la obvia incompatibilidad de su directora general.

¿Qué legitimidad tiene ahora esta directora para reclamar el cumplimiento o sancionar por aquellas actuaciones contra los derechos de los trabajadores que ella misma realizó y está probado en sentencias firmes? Éste es el aspecto más legal. Pero hay otros aspectos de ética política. La falta de afiliación de dos trabajadoras y la inexistencia de contratos de trabajo supone uno de los mayores atentados contra los derechos de los trabajadores. Desde otra perspectiva, la empresarial, es un grave atentado contra las demás empresas al suponer una clara competencia desleal. Nadie que tenga responsabilidad probada en ello puede ser un alto cargo de la Xunta, menos aún quien deba sancionar algún aspecto de ese comportamiento.

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Desde el Gobierno y desde el partido que lo sustenta, arguyen una petición de revisión de sentencia con la que ganar tiempo. El último paso que han dado es requerir notarialmente a una demandante para que se retracte intentando intimidarlas con todo el peso del PP. No hay ningún elemento que ahora pueda modificarse: las trabajadoras estaban en situación irregular, el trabajo realizado en el domicilio de la directora y en el restaurante se pagaba conjuntamente, fue ella misma quien realizó un despido, por mencionar solo algunos elementos.

De continuar la regeneración institucional que predicaba Feijóo, la conselleira habría resuelto este caso con un cese fulminante. En caso de no producirse, como ha ocurrido, la regeneración reclama el cese inmediato de ambas por parte del presidente. Pero eso era en periodo electoral. Ahora vale todo.

¿Qué legitimidad tiene la conselleira de Traballo para reclamar el cumplimiento o sancionar por aquellas actuaciones contra los derechos de los trabajadores similares a los realizados por su directora general, probadas en sentencias firmes, y que la conselleira mantiene en su cargo?

También debería ser consecuente con sus exigencias pasadas de dimisión una secretaria general de la consellería que, ante un rumor y no una sentencia, pedía el cese de un alto cargo del bipartito. Por coherencia debería presentar su renuncia, si no se produce el cese en Formación e Colocación. Pero con la coherencia pasa igual que con la regeneración institucional: no estamos en periodo electoral. También le vale todo.

Valen, también, puertas giratorias desde la Consellería de Obras Públicas a empresas contratantes y viceversa, certificaciones falsas o figurar como asesor para mantener la reserva de puesto. En este momento al presidente de la Xunta le vale todo: ya no estamos en período electoral.

Enrique Negueruela fue asesor de la Consellería de Traballo durante el bipartito

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