De las sociedades y el 'maillot' amarillo
A finales del pasado mes de julio tuvo lugar un curso sobre creación de empresas organizado por el Consejo General del Notariado en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Santander. En una mesa redonda, el decano notarial del País Vasco narró que un abogado estadounidense le había explicado lo sencillo y rápido que era constituir una sociedad en su Estado: bastaba con un formulario descargado de Internet y remitido por la misma vía; lo que dio lugar a esta conversación:
"-¿Y quién verifica que eres tú?
-¿What?
-Que cómo se comprueba la identidad de los socios.
-¿Para qué iban a suplantarla?
-Por ejemplo, para actos de blanqueo, o para una estafa.
-¡Ah, bueno! Pero si les pillan...".
El modelo europeo opta por la seguridad preventiva, y el anglosajón, por la represiva
Es un error querer acelerar el plazo imponiendo modelos sustraídos a la calificación
La charla ejemplifica la diferencia entre los modelos de seguridad preventiva -como lo son casi todos los de Europa continental- y los que, como los del mundo anglosajón, optaron hace siglos por la represiva. Hasta hace un par de años podía haber partidarios convencidos de ambos sistemas. Hoy en Estados Unidos el proyecto Levin-Grassley-McCaskill, destinado a inyectar transparencia en la constitución de sociedades, alude al oscurantismo en la materia como atentatorio a la seguridad del Estado. Falta decir que uno de sus inspiradores, preocupado por los males del descontrol que veía venir, fue el entonces senador Barack Obama.
En España, el Índice Único Notarial permite el fácil rastreo entre los fundadores de una sociedad limitada y los titulares del capital en cada momento; pero no es un método que se injerte con facilidad sin crear antes el sistema.
Sirva como preámbulo antes de entrar en los informes a los que el Banco Mundial llama Doing Business que, partiendo de la estructura anglosajona, clasifican a los países en virtud de la facilidad para crear una empresa. Dicho de otra forma: quede claro que estos informes miden la rapidez, estimada como un bien en sí misma, y hacen caso omiso de la seguridad. Todo el mundo quiere que los autobuses urbanos completen sus recorridos en el menor tiempo posible; pero nadie concebiría que se les autorizase a saltarse los semáforos en rojo o a convertir las calles en un circuito de fórmula uno para alcanzar ese objetivo.
Precisado este concepto, admitamos que la velocidad es buena. Convengamos también en que puede ser posible, aunque no probable, que alguien necesite que su empresa pase, como las comedias de Lope, "en horas veinticuatro de las musas al teatro"; y hagamos un empeño común para que España escale puestos en ese ranking mundial, si es posible a por el maillot amarillo, con el paso firme que en el mismo sentido han llevado nuestros deportistas en tantas especialidades.
Como ha quedado de manifiesto en el curso aludido, hay que separar dos fases. La primera se centra en la forma de la empresa. Si ésta va a ser ejercida por una persona física, sólo necesita el alta fiscal: cuestión de una hora. Si se quiere recurrir a una sociedad mercantil, hará falta algo más. Enseguida volvemos sobre el tema.
En cuanto a la otra fase, los informes Doing Business suponen que la empresa necesita una sede física -¿y si no es el caso?, ¿y si ya la tiene porque la usa otra del mismo grupo?- y, dando por supuesto que para contar con un inmueble querer es tener, cifran en varias semanas el plazo necesario en España para obtener de la Administración local las correspondientes licencias.
Deducen, o tal vez presuponen, que en esta materia el peso del prejuicio no es desdeñable, que nuestros Ayuntamientos son ineficientes. Sin duda pueden mejorar y en ese sentido se mueven varios proyectos actuales. Pero vistos los plazos que el informe atribuye a Nueva Zelanda, por poner un ejemplo, uno duda que sea posible decidir montar un depósito de residuos en el centro de Auckland y abrirlo en cuestión de horas. Si es así, que se sepa, al menos, por los que viajen a Auckland.
Volvamos con la constitución de sociedad y a las conclusiones del curso. Aquí la pregunta puede parecer desconcertante: ¿y si el sistema español ya fuese el más rápido del mundo? Anticipemos que la respuesta no es todavía afirmativa; pero que le falta muy poco -ni siquiera leyes nuevas, tan sólo volver efectivas las ya promulgadas- para ser, al menos, el que combine rapidez y seguridad en mayor grado. En concreto, ¿qué falta? Acortar un plazo, si se estima preciso; que se cumpla una ley y que no se tergiverse otra.
El plazo es el que el Registro Mercantil Central invierte en certificar que el nombre social está libre. Oscila entre dos y cuatro días. Se han sugerido fórmulas para automatizar el proceso. Muchos se conformarían con que, expedida la certificación por un registrador, los demás no pudieran negarle eficacia como está sucediendo de presente. Recordemos que, según los informes referidos, desde ahí la instancia notarial consume un día -incluida la obtención de CIF desde la notaría-, frente a los treinta de los trámites registrales.
La Ley es la 24/2005, de Medidas de Impulso a la Productividad. En ella se prevé que, firmada una escritura en la notaría, toda la tramitación se haga telemáticamente. Ya hace tiempo que el sistema funciona y permite que la escritura se halle en el registro pocos minutos después de ser firmada; incluso con el CIF sacado, cuestión de otros tantos minutos gracias al servicio de la Agencia Tributaria. Pero en la materia que nos ocupa no sirve de nada, porque para pagar el 1% del impuesto y, sobre todo, para justificar al registrador que está pagado -desde cuyo momento empieza a calificar- no hay telemática que valga. La Diputación de Vizcaya lo resolvió de golpe mediante una Orden Foral, desoyendo las presiones de quienes desean el fracaso del sistema; la de Guipúzcoa está en ello. Explicar por qué no lo hacen los demás excede de los límites de este artículo.
El inconveniente relativo a la tasa del BORME, según la doctrina vigente, sólo puede ser pagada físicamente en una ventanilla, en la más pura tradición del "vuelva usted mañana", aún resulta más fácil de desatascar. Lo que ocurre es que en materia telemática, como en todo factor de progreso, los medios técnicos deben concurrir con la voluntad de utilizarlos. Cualquiera diría que pretender bloquear a la innovación para defender cotos cerrados equivale a poner puertas al campo.
Sin embargo, en este asunto se está haciendo, con éxito hasta el momento, convirtiendo si hace falta en papel mojado la aplicación de las normas y obligando a repetir cada debate con resultado desfavorable, por claramente que se hayan pronunciado el Parlamento o el Gobierno. Recuérdese al efecto que la Ley aludida permite el acceso telemático de los funcionarios al contenido del Registro, sin intermediación del registrador. Casi cuatro años más tarde, el "no nos moverán" sigue ganando.
La tergiversación hace referencia al momento de cruzar la meta en los cómputos del Doing Business. En especial, desde la Ley 56/2007, firmada la escritura pública y obtenido el CIF -hacia las once de la mañana, si el emprendedor se puso en marcha a las nueve-, la sociedad puede contratar válidamente, luego es sujeto de derecho. La inscripción en el Registro es necesaria, sobre todo a efectos de limitación de responsabilidad, pero no hace nacer la criatura. Los informes la estiman bien viva en sistemas carentes de inscribibilidad. Por eso es un error grave querer acelerar el plazo para calificar imponiendo modelos sustraídos a la calificación, que entre otras razones han frustrado la iniciativa de la Sociedad Limitada Nueva Empresa. Es bastante más lógico, además de compatible con la libertad mercantil, poner -si se puede- la calificación en su sitio.
Evitar los malentendidos en un tema y hacer que la ley se acate en otro parecen tareas asequibles. Y no estamos aludiendo a iniciativas más drásticas, como las leyes italianas de los años 2000 y 2003 que, partiendo de la calificación previa notarial, han reducido la tarea registral a una mera verificación de la forma. Conste que, tras nueve años de experiencia, el sistema ha funcionado de maravilla.
Joaquín Borrell es notario.
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