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La Fiscalía recurre la anulación de pruebas contra presuntos narcos

Ya contaba con un amplio historial en el tráfico de drogas cuando, en 2002, Agapito Juez Porras participó en el transporte, desde Vilagarcía de Arousa a Barcelona, de un alijo de 500 kilos de cocaína de gran pureza. Tras su detención por parte de agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera se avino a declarar, pero aunque no contó todos los detalles de la operación, sí relató lo suficiente para que sus cuatro presuntos cómplices acabaran en prisión.

Además de su declaración, Aduanas había aportado a la causa grabaciones de intervenciones telefónicas acordadas por mandamiento judicial sobre el desembarco de la droga y posterior transporte del alijo por carretera, que imputaba a los detenidos en un delito contra la salud pública para los que el fiscal solicitó, para cada uno de ellos, un total de 13 años de prisión y 800.000 euros de multa.

La Audiencia de Pontevedra invalidó una declaración autoinculpatoria

El juicio, que se celebró en abril en la Audiencia Provincial de Pontevedra, se convirtió en uno de los ejemplos de la lentitud de la justicia y ahora, tras el fallo del tribunal, que sólo condena al "arrepentido" a tres años de cárcel, la Fiscalía Antidroga ha decidido recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo por "inadmisible".

El tribunal no otorgó validez a la declaración incriminatoria del único condenado, Agapito Juez Porras, de 58 años, por considerar que "su voluntad y determinación estaban viciadas por la oferta que los funcionarios de Aduanas le habían trasladado, de que si identificaba a los cabecillas hablarían con el juez". El tribunal considera que el detenido actuó bajo coacción, ante las promesas expresas de que se le concederían beneficios penitenciarios.

También el fallo desestima las escuchas telefónicas, porque sostiene que se derivaron de otra causa, el desembarco de la cocaína, faltando la cadena de las mismas y sus prórrogas por el juez. Una laguna que para el tribunal impide acreditar la regularidad de las intervenciones que, a su criterio, han sido utilizadas de forma incorrecta en la instrucción.

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El fiscal no está de acuerdo con este argumento. El Ministerio Público estima, sin embargo, que tanto las intervenciones telefónicas como la declaración judicial de Juez Porras se ajustaron a las exigencias constitucionales. En su recurso, que ahora tendrá que resolver el Tribunal Supremo, la Fiscalía Antidroga señala que la exclusión de estas pruebas afecta al derecho de la acusación pública de valerse de medios que estima pertinentes y de plena validez como material probatorio.

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