TVE y 'el control de la información'
Escribía la directora de Comunicación de RTVE en su carta al director del pasado 6 junio 2009 que "la Ley Orgánica de Régimen Electoral General atribuye a la administración electoral el control del cumplimiento de los principios de pluralismo político y social y de neutralidad informativa por los medios de comunicación de titularidad pública".
Bastante preocupado ante la posibilidad de que TVE cediera, en procesos electorales, la capacidad de garantizar la neutralidad informativa acudí al texto de la ley; la directora de Comunicación estaba equivocada. La literalidad de la ley señala que "el respeto al pluralismo político y social, así como la neutralidad informativa de los medios de comunicación de titularidad pública en periodo electoral serán garantizados por la organización de dichos medios...".
Las cosas en su sitio. Obviar la presencia del partido de Rosa Díez (UPyD) en el debate de elecciones europeas fue una decisión exclusiva de TVE; acertada o equivocada. Luego vienen los plazos, los reglamentos y los recursos; eso es secundario. Lo fundamental es no perder de vista lo más importante. TVE nunca puede ceder su obligación y deber exclusivo de garantizar, en cualquier momento, los principios de pluralismo y neutralidad. Y por cierto, la citada ley es de 1985, 24 años después muchas cosas han cambiado, y más deben cambiar.
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