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La Inspección propone una sanción leve a Garzón por la excarcelación de dos 'narcos'

El instructor concluye que no hubo perjuicio y achaca también el error al fiscal

Los jueces deben mantener un control "directo y riguroso" de las causas con preso que tramiten. Así lo indica la Inspección del Consejo del Poder Judicial en un informe en el que propone que se castigue como "falta leve" un error cometido por el juez Baltasar Garzón al computar el plazo de prisión provisional sobre dos presuntos traficantes de droga turcos a los que se vio forzado a excarcelar al pasarse dos días en el plazo legal para prorrogar la prisión preventiva. Las faltas leves llevan aparejadas amonestaciones verbales o multas de 300 euros. La Inspección trasladará su propuesta a la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional y propone dar cuenta "a la Fiscalía del Estado respecto a la conducta" del fiscal adscrito al juzgado de Garzón, que tampoco evitó el error.

La propuesta de sanción contra Garzón tiene su origen en una queja que formuló ante el Consejo el pasado 30 de septiembre el autodenominado sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias. Según Manos Limpias, los dos presuntos narcotraficantes turcos, Sahin Eren y Erder Vardar, quedaron en libertad el 16 de julio de 2008 debido a que Garzón "no prorrogó a tiempo su estancia en prisión preventiva".

Vardar y Eren fueron detenidos en julio de 2006 en el puerto de Huelva, donde se les intervino un total de 13 kilos de heroína.

En su defensa, Garzón señaló que, hasta el día 16 de julio de 2008, día de la puesta en libertad de Sahin Eren y Erdem Vardar, ambos acusados se encontraban en prisión, y que los máximos responsables de la red internacional a la que supuestamente pertenecen éstos, se hallan aún encarcelados. A ellos sí se les prorrogó correctamente la prisión provisional.

La Inspección admite que se trata de un error, pero señala: "Todo juez o magistrado bajo cuya jurisdicción se encuentra una persona privada de libertad viene obligado a adoptar una extrema diligencia en el cómputo del tiempo de prisión, máxime cuando esta privación es de carácter provisional (pues no existe todavía condena en sentencia penal), ya que se ha privado a un ciudadano de un derecho fundamental y esta privación está sujeta a término por imperativo legal". El error no se habría producido, según la Inspección, si el juez hubiese observado esas diligencias en una causa con presos. Al fiscal le reprocha que "tampoco detectase en modo alguno el error".

La Inspección destaca, para dejar los hechos en una falta leve, "la ausencia de intencionalidad en la conducta, que no haya existido perjuicio alguno y que la infracción cometida no ha causado perturbación en el funcionamiento de la Administración de justicia, pues ninguno de los imputados ha intentado evadirse". La Inspección también atenúa la conducta de Garzón porque "tiene a su disposición 270 presos preventivos", todos los cuales están "perfectamente controlados".

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Retraso sobre el juez Tirado

- El Consejo General del Poder Judicial decidió ayer posponer hasta el próximo día 23 la sesión plenaria que tenía previsto celebrar mañana para dar tiempo al ponente a elaborar su propuesta de sanción al juez Rafael Tirado, que dejó sin ejecutar una condena de cárcel contra el pederasta que supuestamente asesinó a la niña Mari Luz Cortés.

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