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El TSJA anula el veto de entrada a un inmigrante

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el veto de entrada por tres años en España a un inmigrante que fue devuelto a su país en 72 horas, tras haber llegado a la costa malagueña a bordo de una patera.

La sentencia, dictada a raíz de un recurso interpuesto por Andalucía Acoge, precisa que la prohibición de volver al país "está prevista en los supuestos en los que se acuerde la expulsión del extranjero" y que no puede adoptarse sin que medie un procedimiento. "En todo caso, necesitará del oportuno expediente y de la necesaria y específica motivación por tratarse de una medida limitativa de derechos", recoge el documento.

José Luis Rodríguez Candela, abogado de Andalucía Acoge cree que la sentencia "abrirá la vía para la emigración legal de aquellas personas que han sido devueltas a sus países de origen y que estaban condenadas a intentar volver a España de manera irregular".

El letrado incide en que la sentencia es firme y "no recurrible" y reclama al delegado del Gobierno en Andalucía, Juan José López Garzón, que dicte las instrucciones oportunas para que en lo sucesivo no se produzca una prohibición de entrada en la comunidad a aquellos inmigrantes que habían sido devueltos por entrar de manera irregular.

Al anularse este veto, los inmigrantes tienen la posibilidad de regularizar su situación en España a través del arraigo o cualquiera de las fórmulas tradicionales que hasta la fecha les estaban vetadas. "No puede imponerse una prohibición de entrada a unos inmigrantes que suelen llegar en pateras y que no han cometido ningún delito", asevera el letrado.

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