¿Deberían poder votar los inmigrantes no comunitarios en las elecciones locales?
Por supuesto. Deberían votar todas aquellas personas que paguen impuestos a una corporación o a una comunidad autónoma. Quienes no deberían votar en las municipales y autonómicas son los emigrantes españoles que aportan su esfuerzo fiscal en el extranjero. ¿Por qué quien lleva años sin pasarse por mi ciudad decide quién ha de dirigirla? Ammu.
Éste es el nuevo timo de la estampita. Es la clásica engañifa del buen rollito instrumental de la izquierda para captar el voto musulmán que se llevan trabajando años. (El otro voto, el latinoamericano, el chino y el de la Europa del Este ni lo van a oler). La idea responde a la necesidad de la izquierda, incapaz de generar bienestar, de convivir con ciudadanos libres y bien formados, de ir generando bolsas de votantes necesitados de sus políticas. A la izquierda no le queda más remedio que incentivar y cultivar el voto musulmán. R. Mendieta.
Si se dieran ciertas condiciones, como determinados años de estancia y prueba de arraigo, sí, deberían votar. En cambio, no deberían hacerlo los españoles de nacimiento que lleven unos años fuera de este país. Pomelo.
El voto de los inmigrantes no comunitarios debería estar sujeto a un cierto tiempo de empadronamiento en el lugar. Los que residen desde hace poco en el municipio es difícil que estén informados de cómo es la realidad local. Rafael Gijón.
Si se abriese ese acceso al voto, deberían existir unos controles mucho más estrechos que hasta ahora de la licitud de las inscripciones en el padrón. Si como parece, algunos ayuntamientos están dejándose llevar por la tentación de hacer trampas con las inscripciones y los votos por correo, el acceso masivo de inmigrantes al voto haría el fraude aún más fácil. JuankoPon.Los lectores pueden exponer sus comentarios sobre la pregunta del día en la dirección www.elpais.com/foros/. Las respuestas no deberán superar los 300 caracteres y serán difundidas en la edición digital de EL PAÍS. Una selección será publicada en la edición impresa del periódico a las 48 horas de formulada la pregunta.
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