La revisión del planeamiento urbanístico de tres municipios
En 1987, cuando se creó el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, aproximadamente el 1% de este territorio tenía la consideración de urbano o urbanizable. La aprobación, en 1994, de las normas del PORN y el PRUG del parque obligó, a finales de los noventa, a que los municipios de Almería, Níjar y Carboneras revisaran su planeamiento urbanístico. Estos instrumentos de gestión, tanto los municipales como los autonómicos, sirvieron de base para "reducir" algunas zonas urbanizables que no se habían desarrollado y que la Junta, desde el punto de vista medioambiental, estimaba que debían tener la consideración de terrenos naturales.
Algunos propietarios de estos lugares recurrieron, vía judicial, esta decisión y los tribunales fallaron a su favor. Los casos más sonados son el de La Fabriquilla y el de la urbanización de Marinas de Aguamarga. Respecto a La Fabriquilla, paraje próximo a las Salinas, consideradas uno de los lugares más singulares del parque, el TSJA ordenó la ejecución de una sentencia de 1997 del Tribunal Supremo en la que se permite urbanizar 15 hectáreas pertenecientes a 15 propietarios que adquirieron el terreno antes de la declaración de parque natural.
En relación con Aguamarga el promotor y constructor Federico Echevarría, que redactó las normas subsidiarias de 1995, construye en la actualidad la urbanización denominada Marinas de Aguamarga con 350 viviendas y un hotel de 300 habitaciones gracias a una sentencia que le dio la razón para urbanizar 48 hectáreas.
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