El Consell validó 25 PAI en Alicante sin el informe sobre abastecimiento de agua
Los proyectos urbanísticos autorizados prevén 30.000 nuevas casas y 90.000 habitantes
Ninguno de los 25 PAI (Programas de Actuación Integrada) aprobados por el Consell entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de octubre pasado en Alicante incluye el preceptivo informe del confederación hidrográfica competente -Júcar o Segura- sobre la disponibilidad de agua para cubrir el abastecimiento de la futura población. Los planes urbanísticos (en total, 30.000 nuevas casas y 90.000 habitantes) también carecen del obligatorio informe sobre la existencia de recursos hídricos de la dirección general de Recursos Hidráulicos de la Consejería de Infraestructuras.
Los ayuntamientos aportan estudios con previsiones para los primeros 50 habitantes
La Ley de Aguas (artículo 25.4 reformado el 22 de junio de 2005) establece como obligatorio la emisión de un informe previo de la confederación hidrográfica en el caso de los planes urbanísticos que planteen nuevas demandas de agua. En el informe, el organismo de cuenca debe pronunciarse de manera "expresa" sobre la existencia o inexistencia de recursos hídricos suficientes. Con anterioridad a la reforma, la norma recogía la necesidad de que el organismo de cuenca informara sobre la compatibilidad de los planes urbanísticos con los planes hidrológicos de cuenca.
Un estudio elaborado por el grupo Ecologistas en Acción del País Valenciano refleja que ninguno de los 25 planes urbanísticos autorizados en los dos últimos años en Alicante por la Consejería de Territorio y Vivienda (en el caso de los municipios de más 50.000 habitantes o la Comisión Territorial de Urbanismo, para las localidades con una población inferior) incluye el preceptivo informe especifico del organismo de cuenca correspondiente sobre la disponibilidad de agua para garantizar el abastecimiento de la futura población. Sólo uno de los PAI, el de la Serreta, en plena huerta del término municipal de La Nucia, cuenta con el mencionado dictamen preceptivo de la Confederación Hidrográfica del Júcar, pero en este caso negativo.
En la mayoría de planes ya aprobados definitivamente, la ausencia de los informes del organismo de cuenca se sustituyen o contraponen por otros de empresas colaboradoras (Mancomunidad de Canales del Taibilla y Consorcio de Aguas de La Marina Baixa), o simplemente mediante la aprobación por parte de los plenos de los ayuntamientos de un "informe de disponibilidad de recursos hídricos", elaborados al margen de los organismos competentes.
El caso del PAI de la Serreta es un ejemplo palmario de esta situación. El plan, que prevé 3.834 nuevas casas, fue aprobado definitivamente el pasado 6 de mayo, pese a que el informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar recogía que no estaba justificada la procedencia de los recursos hídricos necesarios para el abastecimiento de la población y el riego del campo del golf. El informe también constataba que no estaba acreditada la capacidad para la depuración de las aguas residuales generadas. Sin embargo, el Consorcio de Aguas de La Marina Baixa, en contra de la opinión de la Confederación, informó favorablemente el proyecto en cuanto al suministro de agua y capacidad de depuración. Este programa también es objeto de un expediente por parte de la Confederación por una supuesta invasión de suelo de dominio hidráulico.
En cuanto a los informes de empresas colaboradas, alternativos a los del organismo de cuenca, elaborados en la mayoría de los casos por la Mancomunidad de Canales del Taibilla, los ecologistas subrayan que sólo garantizan el suministro a los primeros 50 habitantes. Un ejemplo de esta fórmula alternativa, es el Plan Parcial Sector Norte de Torrevieja, con 3.149 viviendas, cuyo apartado relativo a los recursos hídricos dice textualmente: "De la Mancomunidad de Canales del Taibilla, informe de fecha 15 de julio de 2002 en el que se refleja el déficit de recursos hidráulicos asignados al organismo para el cumplimiento de sus fines, e indicando que la actuación en el sector se limitará al establecimiento de una dotación inicial correspondiente a 50 habitantes, pudiendo aumentarse escalonadamente en el futuro de acuerdo con las necesidades reales existentes y los recursos de agua disponibles según los planes establecidos por el organismo". "¿Qué pasará con los restantes habitantes residentes de ese sector, casi 10.00, tendrán garantizada el agua o dependerá de que los recursos globales aumenten en el futuro, cuando se construya una nueva desaladora o se apruebe un determinado trasvase?", se pregunta Carlos Arribas, portavoz de Ecologistas en Acción en Alicante.
El grupo conservacionista destaca, por otra parte, que la legislación autonómica establece como obligatoria la emisión de un informe de la dirección general de Recursos Hidráulicos para garantizar la existencia de recursos hídricos y la capacidad de depuración de las aguas residuales generadas en las futuras urbanizaciones. Sin embargo, en sólo uno de los 25 PAI aprobados por el Consell en los dos últimos años en Alicante hay un informe genérico de ese departamento dependiente de la consejería que dirige José Ramón García Antón, valido por el extremo de la depuración. Pero en ninguno hay informe de esa Dirección General sobre la disponibilidad de agua.
Entre esos planes urbanísticos hay algunos de gran relevancia como el PAU-21 de Orihuela -con 2.286 viviendas y 6.858 habitantes-, el RS-11 del Río Algar en Altea -5.755 viviendas y 17.000 habitantes- y el Plan Parcial Sector La Asomada (Norte y Sur) -2.250 viviendas y 7.268 habitantes- con una afección crítica a suelos con importantes valores ambientales.
El colectivo Ecologistas en Acción asegura que la ausencia de esos informes constata la "desobediencia" de la Administración autonómica a la Ley de Aguas. "Estos informes de los organismos de cuenca son ignorados o se sustituyen por otros informes favorables de entidad colaboradora autorizada, tal como contempla la nueva redacción de la Ley de Ordenación del Territorio, dada por la Ley Urbanística Valenciana de 31 de diciembre de 2005", afirma Arribas.
El ecologista confía en que el informe de la Administración Hidráulica previsto en el artículo 25 del Proyecto de Ley de Suelo para constatar la existencia de recursos hídricos para satisfacer las nuevas demandas "corra mejor suerte que el hasta ahora exigido por la Ley de Aguas", precisa.
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