Cuando la empresa te obliga a decir 'adiós'
Más de 130.000 trabajadores fueron despedidos en 2005 y las indemnizaciones superaron los 230 millones de euros
Los expertos en derecho laboral aseguran que cerca del 75% de los despidos no tienen una causa legal que los justifique: son improcedentes. El trabajador afectado puede reclamar en los servicios de mediación administrativos, donde, en presencia del empresario, suele alcanzar un acuerdo más favorable para sus intereses. El año pasado, por ejemplo, más de 130.000 empleados fueron despedidos, pero a través de estos mediadores públicos, o fruto del fallo de un juez, consiguieron indemnizaciones por un valor total de 230 millones de euros.
En 2005, los despidos generaron 192.486 juicios, el 43,7% de los cuales concluyó con una sentencia favorable para el empleado
Cuando un empresario decide despedir a alguno de sus trabajadores, lo normal es que se acoja al llamado despido disciplinario. "En estos casos se supone que el empleado ha cometido alguna infracción grave", especifica el abogado Pau Ballvé, del Grupo Jurídico Gispert, "como deslealtad hacia la compañía, faltas de asistencia reiteradas, así como mantener una conducta irrespetuosa con los superiores y el resto de compañeros".
En teoría, al estar justificado, el despido disciplinario no conlleva ningún tipo de indemnización. Sin embargo, Ballvé explica que la gran mayoría de trabajadores se dirige a alguno de los servicios autonómicos de mediación administrativos, donde reclaman la presencia del empresario para que el conflicto tenga una resolución algo más objetiva. Para que estos organismos puedan formalizar la cita con los empresarios, la persona despedida tiene que presentar una demanda en el plazo de 20 días.
En Barcelona, por ejemplo, los servicios territoriales de mediación registran más de 250 de estos encuentros al día. Su responsable, Lidia Frías, afirma que este trámite es "imprescindible" para que el despedido pueda cobrar el paro además de una indemnización. Para desnivelar la balanza hacia uno u otro lado, empresarios y trabajadores suelen ir acompañados por sus respectivos abogados. El organismo público, por su parte, trata de acercar posiciones a través de un letrado conciliador y un auxiliar administrativo.
"La verdad es que estos servicios conciliadores están teniendo mucha demanda", afirma Frías. "Y no sólo porque a veces ayudan a encontrar una salida beneficiosa para las dos partes", añade, "sino porque también garantizan la seguridad jurídica necesaria para que el acuerdo firmado se respete en el tiempo". Según los datos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de los 338.048 casos registrados el año pasado, el 29% no consiguió acercar posiciones, frente al 22% que sí tuvo un final feliz. El resto no se llegó a materializar debido a que alguna de las dos partes no acudió a la cita.
En manos de un juez
En caso de que este acto de conciliación no sirva para alcanzar ningún acuerdo, "el litigio se traslada hasta los juzgados", explica Ballvé. "Allí el juez decidirá si el despido fue procedente o improcedente, dependiendo de la verdadera causa que lo provocara", detalla. Si el despido resulta injustificado, la empresa tendrá dos alternativas: readmitir al trabajador y pagarle lo que éste ha dejado de cobrar desde que fue despedido o abonar directamente la máxima indemnización -45 días por año trabajado con el tope de 42 mensualidades-, desligándose totalmente del empleado. Si el despido es considerado "nulo", el trabajador se reincorporará a la empresa, cobrando lo que ésta le debía.
En 2005, los despidos generaron 192.486 juicios, el 43,7% de los cuales concluyó con una sentencia "favorable" para el empleado, según el ministerio. En el 8,7% de los casos fue "en parte favorable" para el trabajador y en el 30,5%, "desfavorable". En el resto de ocasiones, el juicio sirvió para que ambas partes llegaran a un acuerdo.
Otra forma de obligar a decir adiós al empleado es mediante el llamado despido objetivo, "que suele estar justificado por circunstancias económicas, técnicas o productivas", las cuales presuntamente requieren un recorte de plantilla, explica Ballvé. En este caso, el empresario concede una indemnización de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades. El trabajador puede recurrir, alegando improcedencia. Llegado a este punto, el juez será quien tenga la última palabra y su sentencia podrá ser la misma que en el caso del despido disciplinario.
Otro de los más frecuentes es el despido colectivo, que es igual que el objetivo, salvo que éste se produce cuando afecta a un número considerable de trabajadores. En estos procesos los representantes sindicales suelen jugar un papel destacado. En opinión de Carlos Martín, economista del gabinete de CC OO, "mientras los empresarios pretenden imponer la unilateralidad en la toma de decisiones, los sindicatos aspiramos a ser más partícipes" en todo lo relacionado con estos procesos de contratación y de despido. "Lo importante", concluye, "es que se concrete la causalidad a la hora de tomar decisiones".
Al margen de este debate, la persona despedida tiene que "aprender a hacer el luto cuanto antes y no dejarse llevar por el victimismo, que es un estado psicológico absolutamente paralizador", afirma Francisco Loscos, profesor del departamento de Recursos Humanos de ESADE y director de Human Capital de la firma de servicios profesionales Deloitte. Loscos también recomienda empezar a buscar un nuevo trabajo lo antes posible. "En estos procesos la rapidez ayuda mucho", concluye.
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