_
_
_
_
_

Multas de 30 a 1.500 euros

El 24 de enero de 2006 entró en vigor la ordenanza cívica, que castiga, entre otros comportamientos, determinados ejercicios de la prostitución, la compra y venta en el top manta y orinar en la calle. El capítulo séptimo prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en los espacios públicos cuando "pueda causar molestias a los vecinos y se haga en envases de cristal o de lata". Estas conductas se penalizan con multas de entre 30 y 100 euros. Si además no se deposita el envase en un contenedor o papelera, la sanción puede llegar a 500 euros.

En caso de que el consumo se realice en lugares con presencia de menores o cuando se exteriorice en "forma denigrante" para los ciudadanos, entre otras circunstancias, la multa puede ser de 1.500 euros.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_