Multas de 30 a 1.500 euros
El 24 de enero de 2006 entró en vigor la ordenanza cívica, que castiga, entre otros comportamientos, determinados ejercicios de la prostitución, la compra y venta en el top manta y orinar en la calle. El capítulo séptimo prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en los espacios públicos cuando "pueda causar molestias a los vecinos y se haga en envases de cristal o de lata". Estas conductas se penalizan con multas de entre 30 y 100 euros. Si además no se deposita el envase en un contenedor o papelera, la sanción puede llegar a 500 euros.
En caso de que el consumo se realice en lugares con presencia de menores o cuando se exteriorice en "forma denigrante" para los ciudadanos, entre otras circunstancias, la multa puede ser de 1.500 euros.
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