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Dos juicios distintos para 18 delitos

La justicia iniciará a partir de mañana la tramitación e investigación de los 18 presuntos delitos que se le imputan a Remedios Sánchez: cuatro asesinatos consumados, cinco en grado de tentativa, ocho robos con violencia consumados y otro más intentado. La primera decisión a adoptar será en qué juzgado se acumulan las nueve causas que estaban dispersas. La ley establece que corresponderán al juzgado que recibió el primer caso.

A partir de ahí, la ley procesal es interpretable por cada tribunal. Pese a ello, diversas fuentes judiciales coincidieron en explicar que Remedios Sánchez deberá afrontar dos juicios distintos: uno con tribunal del jurado y otro con tribunal profesional, aunque no está claro qué tipo de hechos juzgará cada uno.

La Ley del Jurado establece que los asesinatos consumados son competencia de un tribunal popular. Por lo tanto, los crímenes que finalmente se le imputen a la acusada se verán en un solo juicio porque son hechos análogos. La discusión está en determinar si esos asesinatos "arrastran" a los delitos de robo cometidos contra las víctimas mortales, pues la Ley del Jurado no los prevé como de su competencia. Sin embargo, no tendría ninguna lógica procesal desgajar esos robos en otro juicio y acumularlos al proceso con un tribunal profesional, explica el presidente de la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona, Gerard Thomas.

Hechos conexos

En su opinión, lo más razonable sería que el resto de crímenes no consumados y los robos cometidos contra esas mismas personas, se agrupasen también en otra sola causa y se juzgasen por un tribunal profesional al existir conexión entre ellos, pues la mujer supuestamente mató o intentó matar a sus víctimas para robarlas. Pero todo dependerá del criterio del juez instructor, de cómo lo plantee la fiscalía y de cuál sea el criterio del tribunal de la Audiencia de Barcelona a la que vayan a parar los recursos. Los 10 años de aplicación de la Ley del Jurado revelan que los tribunales mantienen criterios muy distintos.

En cualquier caso se trata de una discusión procesal que no afectaría a la pena a imponer por la justicia en caso de condena, como tampoco tendría relevancia si a la mujer se le imputan tres o cuatro muertes, pues el límite de condena efectiva está establecido en un máximo de 30 años.

Está asimismo por aclarar si los asesinatos consumados fueron tres o cuatro, como sostiene el fiscal. El que baila es el caso de una anciana cuya muerte se atribuyó a causas naturales. Tras ser enterrada fue exhumada para una segunda autopsia que confirmó la primera. Sin embargo, la anciana había sido robada dos días antes de su muerte. En casa de Remedios se encontraron objetos personales de la víctima.

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