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El TSJA avala la legalidad de la póliza millonaria que Cajasur suscribió en favor del cura Castillejo

Luis Barbero

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado la póliza de 2,9 millones de euros que Cajasur suscribió en 2001 a favor del ex presidente de la entidad, el sacerdote Miguel Castillejo. Este asunto estaba encallado en los tribunales desde febrero de 2003, cuando la caja recurrió una resolución de la Consejería de Economía que declaraba ilegal la póliza e instaba a Cajasur a anularla. La Junta consideraba que la póliza era una indemnización encubierta, algo prohibido por la Ley de Cajas autonómica. Por su parte, la caja alegó que el contrato suscrito con la aseguradora Caser era un "complemento de la pensión" de Castillejo.

Ahora, el TSJA ha declarado nula la resolución de la Administración autonómica y considera que la póliza, que garantiza a Castillejo una renta vitalicia, es una retribución diferida. La sentencia estima que la póliza cumplía con la legalidad vigente cuando se suscribió.

La sentencia, que fue notificada el pasado jueves y que consta de una decena de folios, es firme y, por tanto, la Junta no podrá recurrirla. En cualquier caso, Castillejo percibe las cantidades estipuladas en la póliza desde que se jubiló como presidente de la caja, en julio de 2005.

Éste es el único asunto que quedó al margen del acuerdo global que el consejero de Economía, José Antonio Griñán, y el obispo de Córdoba, Juan José Asenjo, firmaron en diciembre de 2004 para que la caja fundada por la Iglesia católica volviese a la tutela autonómica. En ese momento, tanto Griñán como Asenjo consideraron que lo mejor era que fueran los tribunales los que se pronunciasen sobre la póliza, que generó una enorme polémica en 2002.

Este asunto arrancó en 2001, cuando la entidad suscribió una póliza de seguro de vida, modalidad de renta, con la aseguradora Caser y cuya prima ascendía a 2,9 millones de euros. La póliza fijaba que cuando Castillejo se jubilase cobraría una pensión vitalicia equivalente a la remuneración anual del director general de la caja (unos 210.000 euros en 2001). Además, establecía que la mitad de esta pensión anual, que se revisaría conforme al sueldo que cobrase el director general de la caja en el momento de la salida de Castillejo, la heredarían, en caso de fallecimiento del sacerdote, sucesivamente y de mayor a menor, sus cuatro hermanas, hasta el fallecimiento de la última.

El Parlamento andaluz modificó en 2002 la Ley de Cajas autonómica, aprobada en 1999, para evitar dudas sobre las retribuciones de los presidentes de las cajas. El artículo 50 bis de la ley prohíbe que los presidentes cobren cualquier "indemnización, compensación, gratificación o percepción" cuando cesen en el cargo.

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Sobre la firma

Luis Barbero
Es subdirector de Actualidad de EL PAÍS, donde ha desarrollado toda su carrera profesional. Ha sido delegado en Andalucía, corresponsal en Miami, redactor jefe de Edición y ha tenido puestos de responsabilidad en distintas secciones del periódico.

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