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Confirmada la pena de ocho años de cárcel al ex senador Dimas Martín

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de ocho años de prisión al ex senador canario y actual líder del Partido Independiente de Lanzarote, Dimas Martín Martín, por delito continuado de malversación de caudales, fraude de subvenciones y delito contra la Seguridad Social cometidos cuando era alcalde del municipio de Teguise (Lanzarote) y presidía una empresa municipal). Dimas Martín está condenado además a 15 años de inhabilitación absoluta y a pagar multas e indemnizaciones que totalizan casi seis millones de euros (1.000 millones de las antiguas pesetas ).

Según la sentencia de la Audiencia de las Palmas, confirmada a hora por el Supremo, Dimas Martín, en su calidad de presidente del consejo de administración de la Empresa Municipal Agrícola y Marina de Teguise, (Emantsa), también llamada Complejo Agroindustrial, se apropió de 2,3 millones de euros entre 1991 y 1994.

En 1991 Martín presentó una propuesta de subvención ante la Consejería de Agricultura y Pesca del Gobierno canario falseando las condiciones requerida para su concesión.

El acusado obtuvo ayuda de 1,2 millones de euros ese año y Emantsa la destinó a los agricultores que comercializaron cebolla a través de ella. Pero no se aplicó la totalidad del importe de la subvención y además dejó de ingresar en la Tesorería de la Seguridad Social la cuota empresarial y obrera desde abril de 1991 a febrero de 1994.

El Supremo ha rechazado los argumentos de la defensa de Dimas Martín, que alegó la vulneración del derecho a un proceso con toda las garantías y ha rechazado que el delito contra la Seguridad Social estuviese prescrito.

El líder del Partido Independiente de Lanzarote ha sido condenado anteriormente a tres años de prisión por un delito de cohecho, por comprar el voto de un concejal del PP del Ayuntamiento lanzaroteño de Arrecife. Según Efe, posteriormente fue también condenado por el mismo delito, por recibir dinero de un ciudadano extranjero a cambio de derribarle un muro.

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