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Y tipos fijos del 15% para...

Una de las enmiendas de modificación parcial que se negociarán en estos días establece la petición de mantener el tipo fijo actual del 15% para los incrementos patrimoniales derivados de la compra-venta de acciones o de participaciones en fondos siempre que éstas se hayan obtenido en un plazo superior a un año frente al 18% que se aplicaría para las obtenidas en menos de 12 meses. De alguna manera se pretende incentivar el ahorro financiero no especulativo.

El límite de la cuota íntegra es otro de los temas espinosos que se discutirá en estos días. En la actualidad, la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio establece una regla que impide que la suma de cuotas íntegras del Impuesto sobre el Patrimonio y del IRPF exceda del 60% de la parte general de la base imponible del IRPF. El exceso sobre este límite se reduce de la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio sin que la reducción pueda exceder del 80% de dicha cuota. Aunque en la redacción inicial del borrador del nuevo IRPF se mantenía este sistema de cálculo, en el proyecto de Ley remitido a las Cortes se incluía ya la base del ahorro para establecer el límite del 60%. Pues bien, las enmiendas presentadas piden que se vuelva a la redacción original, porque argumentan que "considerar la base del ahorro es incoherente con el establecimiento de un tipo único para el mismo del 18%, y llevaría a situaciones en las que dicho tipo impositivo, aún para contribuyentes con bajos niveles de renta, podría llegar hasta el 60%. Asimismo, una medida de este tipo supondría un menor incentivo para potenciar el ahorro financiero de las familias, que tan sólo supone el 20% de su ahorro total".

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