Los fiscales del Supremo aplicarán la 'doctrina Parot' a los casos similares
Los fiscales de las dos secciones de lo Penal del Tribunal Supremo aplicarán la doctrina sobre cómputo de beneficios penitenciarios sentado en la sentencia sobre acumulación de penas del etarra Henri Parot a todos los casos similares, iguales o parecidos, según acordaron ayer tras reunirse para estudiar la resolución, en cumplimiento de las instrucciones del fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido.
Las dos secciones de fiscales de lo Penal del Supremo, compuestas por una treintena de representantes del Ministerio Público, se reunieron ayer bajo la presidencia del teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín Casallo, quien comunicó posteriormente a Conde-Pumpido los pormenores de la reunión.
Según fuentes fiscales, los reunidos pusieron de relieve que la sentencia da la razón a la Fiscalía al rechazar la acumulación de penas aplicada a Parot por la Audiencia Nacional. Ésta aplicó por primera vez un sistema que distinguía dos tramos distintos en la actividad terrorista del etarra, con el resultado de que los 4.797 años de condena debían quedar reducidos a dos penas de 30 años, en vez de una sola.
El Supremo rechazó este sistema pero introdujo una nueva doctrina para el cómputo de beneficios de la redención de penas para los sentenciados con el Código de 1973. Con esta nueva interpretación, los beneficios se descuentan sucesivamente de las penas impuestas hasta totalizar el límite de 30 años de cumplimiento efectivo. Ésta es la doctrina que aplicarán los fiscales en adelante.
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