El TSJ anula un PAI en el que Medina 'regaló' al promotor 29.500 metros de cesiones obligatorias
La mercantil beneficiada es del titular del Audi A8 que conduce el alcalde de Orihuela
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha anulado un plan de actuación urbanística (PAI) adjudicado por el Ayuntamiento de Orihuela al promotor local Francisco Marcos, en el que el Consistorio renunció en favor de la mercantil a las cesiones obligatorias (29.550 metros) del citado plan. Las obras incumplen los parámetros mínimos de zonas verdes, red viaria y aparcamientos. El Audi que conduce habitualmente el alcalde de Orihuela, José Manuel Medina, estaba hasta el mes pasado a nombre de Marcos. El Ayuntamiento ha recurrido la sentencia al Supremo.
La renuncia gratuita y sin motivación del Ayuntamiento presidido por Medida a obtener 29.550 metros cuadrados de cesiones obligatorias acarreó, según la afectada que recurrió el acuerdo municipal, que no se cumplieran los estándares de zonas verdes, aparcamientos y red viaria en ámbito del plan urbanístico.
La sentencia de la Sección Segunda del la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ, de 12 de julio, estima el recurso promovido por una afectada del PAI y anula el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Orihuela de 27 de marzo de 2000, que aprobó y adjudicó un PAI dentro de una unidad de ejecución de la urbanización La Chismosa, en la franja litoral de Orihuela.
La recurrente pidió la nulidad de la actuación por haberse apropiado la mercantil Marcos y Bañuls, del promotor local Francisco Marcos, de terrenos destinados a uso dotacional público. Indirectamente ese recurso acarreó que se cuestionara una modificación puntual del Plan General, la número 40, aprobada definitivamente por el Consell. La zona afectada por el PAI anulado es una vieja urbanización ilegal en la costa oriolana. Los intentos de legalizarla por parte del Ayuntamiento quedaron sin eficacia por sentencia firme, por lo que el Ayuntamiento promovió un plan de reforma interior y adjudicó a Francisco Marcos una de las unidades de ejecución de ese plan.
Un peritaje judicial ha demostrado que los estándares de zonas verdes, equipamientos, aparcamientos en parcela y red viaria no cumplen la normativa urbanística valenciana. "Tanto si se computa la red primaria como si no se hace, los estándares de zonas verdes, aparcamientos y red viaria no se cumplen", indica la sentencia. El Ayuntamiento ha recurrido esta sentencia en casación. Tanto el Consistorio como el promotor pidieron la inadmisibilidad del recurso, por ser éste anterior a la modificación puntual del PGOU que validó el planeamiento. Sobre el fondo del asunto, sostienen que el PAI se ajusta a derecho.
El portavoz del Grupo Socialista del Ayuntamiento de Orihuela, Francisco García Ortuño, documentó ante el Fiscal Anticorrupción que el turismo que conduce Medina, un Audi A-8, está a nombre de una empresa de Francisco Marcos. Y también que la casa donde reside el edil es propiedad de otro promotor con profusa actividad en la ciudad. El alcalde justificó así esas circunstancias: "Si quiero un Audi, lo normal es que vaya al concesionario de Orihuela y no al de Cieza; el de Orihuela es de un promotor y yo llego a un acuerdo con él para poner el coche a mi nombre cuando acabe de pagarlo; y la casa, pues igual, porque tengo derecho a alquilar la casa que quiera a quien quiera".
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