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El Constitucional paraliza la ley de Colegios Profesionales

El Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra parte de la ley andaluza de Colegios Profesionales, cuya aplicación queda por tanto suspendida temporalmente.

Según indicaron fuentes de ese tribunal, la admisión se ha adoptado mediante una providencia fechada el pasado día 23 de marzo. La decisión de recurrir esa norma andaluza ante el Tribunal Constitucional fue adoptada el 6 de febrero por el Consejo del Ministros, que decidió invocar el artículo 161.2 de la Constitución, que establece que las normas autonómicas impugnadas por el Gobierno y admitidas a trámite queden suspendidas al menos por un periodo inicial de cinco meses.

Pasado ese tiempo, el alto Tribunal deberá decidir si mantiene la norma en suspenso hasta que resuelva sobre el fondo del asunto, lo que suele demorarse varios años, o si por el contrario permite que se aplique hasta entonces.

El Gobierno impugnó en concreto un precepto de la ley andaluza sobre Colegios Profesionales que exime de la obligación de colegiarse al personal al servicio de la Administración andaluza "para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquella".

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