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Nuevo trato fiscal para las parejas de hecho

Las tres diputaciones aprobaron ayer sendos proyectos de norma foral que regularán, desde su entrada en vigor el próximo 1 de enero -con efectos desde el pasado 24 de mayo-, el régimen fiscal de las parejas de hecho. Ahora deberán ser ratificados en las Juntas de cada territorio. El cambio fue consensuado en la última reunión del Órgano de Coordinación Tributaria, el ente que reúne a las diputaciones y el Ejecutivo, celebrada el 23 de septiembre. Vizcaya presentará el cambio el jueves, mientras que los otros dos territorios ya lo hicieron ayer.

Las nuevas normas forales establecen la equiparación efectiva de las parejas de hecho con las uniones matrimoniales, tal y como recoge en la ley vasca reguladora de las parejas de hecho, aprobada el pasado 7 de mayo. Las modificaciones tributarias afectan a siete impuestos (Renta, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, Sociedades y Transmisiones Patrimoniales, entre otros). Los efectos fiscales que se derivan de estas normas sólo se aplicarán a las inscritas en el registro de parejas de hecho de Euskadi, donde actualmente figuran 684 parejas (632 heterosexuales y 52 homosexuales).

A partir de la campaña de la Renta del próximo año, las parejas de hecho podrán presentar la declaración conjunta. Del mismo modo, los cónyuges podrán atribuir por mitades su patrimonio en caso de tener régimen de bienes gananciales. La normativa foral establece también que las parejas de hecho no tributarán ni por sucesiones ni por donaciones, como ocurre en el matrimonio.

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