Garzón archiva el 'caso Expo' tras demostrarse que no hubo delito
El juez levanta la imputación de Pellón siete años después
El juez Baltasar Garzón archivó ayer el caso Expo, tras demostrarse que no se cometió delito alguno. La decisión ha sido adoptada precisamente siete años después de que se abriese un procedimiento por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, apropiación indebida y falsedad documental, al creerse que se habían distraído fondos públicos y se habían pagado comisiones indebidas.
El archivo de las actuaciones fue solicitado por el fiscal anticorrupción David Martínez Madero el pasado lunes por considerar que se ha agotado la investigación y no se han detectado indicios de delito.
Ya en 1999, Garzón decretó el sobreseimiento parcial del caso y centró la investigación del caso Expo a la averiguación de la posible comisión del delito de malversación de caudales públicos consistente en la eventual aplicación indebida de fondos de la Sociedad Estatal al otorgamiento de injustificadas comisiones a la sociedad Telemundi. En aquel momento, ya levantó la imputación de Emilio Casinello, Javier Baviano, Ángel Luis Gonzalo, Alfonso Cortés-Cabanillas, Fernando G. Delgado y Ángel Martínez, por entender que no habían cometido delito.
Quedaron como imputados Jacinto Pellón, Wolfgang Stein, Carlos Garcés, Luis Oliveró, Isidoro García Sánchez y Juan Piña, quienes ahora han quedado exculpados, después de que los peritos hayan examinado la actividad económico-financiera relacionada con la conmemoración del V Centenario del descubrimiento de América y la Exposición Universal de Sevilla del año 1992.
El magistrado expone que se han recibido varios informes periciales sobre contratos, indemnizaciones al personal, gastos de viajes, entre otros, y que se han librado comisiones rogatorias internacionales a Mónaco, Holanda, Suiza y el Reino Unido, sobre cuentas, movimientos de Telemundi y de otras sociedades relacionadas.
Sin indicios de delito
El auto dictado ayer por Garzón destaca que "los caracteres delictivos que aparentemente revestían la actividad de aquellos que ostentaron el poder de decisión para la formalización y ejecución del contrato de arrendamiento de servicios generados de entregas de dinero (...) y la de los ejecutores materiales y otros partícipes en la supuesta desviación de fondos, no ha quedado indiciariamente acreditado".
Precisa el auto que "ni la documentación suministrada por el Juzgado de Instrucción número 39 de Madrid [que investiga las comisiones del AVE] ni las comisiones rogatorias libradas, ni las declaraciones de imputados o testigos, han conducido a establecer de forma mínimamente solvente la concurrencia de los requisitos" para que exista delito, y especialmente, "la distracción con ánimo de lucro de los fondos públicos en favor de terceros de cobros irregulares o pagos indebidos de comisiones".
Garzón concluye tajante: "Antes al contrario, la dilatada y dificultosa instrucción ha demostrado exactamente lo contrario", es decir la inexistencia de delitos, por lo que el magistrado ha decidido archivar el caso y dejar sin efecto las medidas cautelares impuestas a los imputados.
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