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La Audiencia aclara que los delitos de Gil no han prescrito

El tribunal que condenó el viernes a Jesús Gil, presidente del Atlético, a tres años y medio de prisión y a devolver las acciones del club dictó ayer un auto de aclaración en el que explica que la prescripción no alcanza al delito de apropiación indebida que cometieron Gil y el vicepresidente, Enrique Cerezo.

Según la sentencia de la Audiencia Nacional, el delito de apropiación indebida se refiere al propósito de Gil de "adueñarse del Atlético" mediante "la confusión entre su patrimonio y el del club", el reconocimiento por el club de deudas no contabilizadas a favor de Gil "cuya existencia o inexistencia real es indemostrable" y la cesión de determinados derechos en compensación por aquellas deudas.

El delito también se cometió por el "aparente desembolso de las acciones" con fondos que, por medio de un crédito circular, iban a volver a Gil. Con la supuesta venta a Gil de las acciones suscritas por Cerezo, el presidente "ingresó en su patrimonio el 95% de las acciones sin aportación alguna por su parte".

En el auto dictado ayer, el tribunal explica que en la sentencia se omitió un párrafo relativo a la prescripción del delito por el transcurso de cinco años desde el 30 de junio de 1992, cuando el Atlético se transformó en sociedad anónima deportiva.

El tribunal aclara que, a pesar de que la apropiación indebida no es un delito permanente, en este caso "se ha seguido ejecutando dentro de los cinco años anteriores a la admisión de la querella", ya que Gil y Cerezo han seguido en los mismos puestos directivos, "renovando en los sucesivos ejercicios la ficción de estar desembolsando las acciones y, en consecuencia, la titularidad sin causa sobre ellas".

En consecuencia, según el tribunal, "no se ha producido el vacío de cinco años" para la prescripción que había alegado la defensa de Gil.

Junta de accionistas

Por otra parte, informa Daniel Borasteros, el presidente se reunió ayer con el consejo de administración del club para informar a sus miembros de la sentencia -la lectura de la misma la hizo Pablo Jiménez de Parga- y darles su punto de vista. Después se acordó sostener en breve otra reunión con el fin de convocar una junta general de accionistas, a la que sólo podrán asistir quienes al menos posean 248 títulos.

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